Con fundamento en lo establecido en los Artículos 1, 2, 3, 4, 5, 8, 9, 10, 18, 19, 20, 23 y 24 del ACUERDO por el que se dan a conocer las Disposiciones Generales aplicables a las Reglas de Operación y Lineamientos de los Programas de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural, para el ejercicio 2024, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de diciembre de 2023; así como en los Artículos 1, 2, 3, 4, 5, 60, 61, 62, 63, 64, 65, 66, 67, 68, 69, 70, 73, 74, 75, 76, 77, 78 y 79 del ACUERDO por el que se dan a conocer las Reglas de Operación del Programa de Fomento a la Agricultura, Ganadería, Pesca y Acuicultura de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural para el ejercicio 2024, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 30 de diciembre de 2023, la Dirección de Investigación en Acuacultura, del Instituto Mexicano de Investigación en Pesca y Acuacultura Sustentables como unidad Responsable e Instancia Ejecutora, convoca las/los interesados en participar en el Componente Recursos Genéticos Acuícolas, Subcomponentes Semilla Acuícola y Líneas Genéticas Mejoradas

 El Subcomponente Semilla Acuícola considera como prioritaria la atención a la población de nivel socioeconómico muy bajo o bajo, la población que pertenezca a comunidades indígenas y/o afromexicanas a las mujeres, personas con discapacidad y a la población que resida en municipios con muy alta o alta marginación

  Para el Subcomponente Líneas Genéticas Mejoradas, considera como sujetos de apoyo a Centros de Investigación, Universidades e Instituciones de Educación Superior que estén inscritos en la Red Nacional de Información e Investigación en Pesca y Acuacultura (RNIIPA) o con el IMIPAS y cuenten con RNPA

BASES

OBJETIVO GENERAL DEL PROGRAMA

Contribuir a la autosuficiencia y seguridad alimentaria mediante el incremento de la producción de la agricultura, la ganadería, la pesca y la acuicultura, a través de prácticas sustentables, del desarrollo de cadenas de valor regionales y generando las condiciones de igualdad necesarias para un desarrollo territorial con inclusión y justicia social. 
 

POBLACIÓN OBJETIVO

La población objetivo del programa son los productores agrícolas, pecuarios, pesqueros y acuícolas en todo el territorio nacional, que requieran incrementar la productividad de sus unidades de producción para su autoconsumo y venta de excedentes, dando preferencia a aquellos productores de pequeña escala.

OBJETIVO DEL SUBCOMPONENTE

Impulsar el bienestar de pequeños productores acuícolas de especies de interés comercial para la alimentación a través del aumento de su productividad mediante el uso de organismos de calidad genética mejorada, provenientes de laboratorios de producción certificados e impulsar la investigación en mejora genética acuícola.

POBLACIÓN OBJETIVO DEL SUBCOMPONENTE

1.-Subcomponente de Semilla Acuícola: Personas físicas que sean pequeños productores acuícolas, inscritos en el Registro Nacional de Pesca y Acuacultura (RNPA), o que sean miembros de una Unidad Económica Pesquera y/o Acuícola (UEPA) que cuente con él, así como, personas pertenecientes a pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, acreditadas por la autoridad comunitaria del pueblo y/o comunidad correspondiente, como pequeños productores acuícolas.

2.-Subcomponente de Líneas Genéticas Mejoradas: Centros de Investigación, Universidades e Instituciones de Educación Superior que estén inscritos en la Red Nacional de Información e Investigación en Pesca y Acuacultura (RNIIPA) y que cuenten con RNPA, así como, Centros de Producción de Semilla Acuícola, que cuenten con Certificado de Sanidad Acuícola de instalaciones acuícolas vigente; y que tengan un convenio de colaboración vigente con Instituciones de Investigación, inscrita en la RNIIPA o con el IMIPAS.

COBERTURA
La cobertura de este componente es Nacional.
 

CRITERIOS Y REQUISITOS DE ELEGIBILIDAD

Pre registro y ventanilla estarán disponibles a partir del 15 de enero al 16 de febrero de 2024

Los solicitantes deberán realizar un pre-registro en la página del SIGAP el cual se puede realizar en el siguiente enlace https://www.suri.agricultura.gob.mx/, en un plazo no mayor a 20 días hábiles posteriores a la publicación de las Reglas de Operación. En dicho pre-registro deberán obtener el acuse de registro para posteriormente llenar la solicitud de apoyo. 

Posterior al pre-registro, los solicitantes deberán de llenar debidamente la solicitud de apoyo, la cual se encuentra disponible en la ventanilla electrónica única en el siguiente enlace: https://forms.gle/E2RAbzGZG7yFpXEAA (Para poder llenar la solicitud de apoyo, los solicitantes deberán de tener una cuenta de correo electrónico con dominio Gmail.)

Criterios y requisitos específicos para cada Subcomponente:

1.     Subcomponente de Semilla Acuícola:

Personas físicas que cuenten con un RNPA a su nombre o que pertenezcan a pueblos y comunidades indígenas o afromexicanas, acreditadas por la autoridad comunitaria correspondiente, como pequeños productores acuícolas. (Pequeños productores: Se refiere a Unidades de Producción Acuícola (UEPA) con producción anual, para el caso de moluscos bivalvos de hasta 500,000 piezas, y de peces, crustáceos u otras especies de hasta 10 toneladas), o pequeños productores pesqueros de aguas interiores (Productores con una embarcación menor a 10 metros de eslora). Para mayor referencia puede consultar el Artículo 64 de las Reglas de Operación en el siguiente enlace:

(https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5713375&fecha=30/12/2023#gsc.tab=0)
 
1. Realizar un pre-registro en SIGAP, (Para realizar el pre-registro deberá ingresar la URL  https://www.suri.agricultura.gob.mx/ dar clic en la opción “Trámite en Línea” y posteriormente dar clic en el nombre del Componente y Subcomponente para el cual solicitará el apoyo). 
2. Aceptar cumplir con todas las disposiciones legales aplicables y específicamente con las contenidas en las Reglas de Operación. 
3. Contar con una identificación oficial vigente.
4. En caso de pertenecer a una comunidad, constancia de identidad por la autoridad comunitaria del pueblo y/o comunidad indígena y afromexicana, correspondiente.
5. Contar con la Clave Única de Registro de Población. 
6. Estar registrado en el Padrón Único de Beneficiarios y Solicitantes de la Secretaría de Agricultura.
7. Estar inscritos en el Registro Nacional de Pesca y Acuacultura (RNPA), o ser miembros de una UPA que cuente con él.
8. Para acuacultura en estanquería: acreditar la legal propiedad o posesión del predio o bien mueble o inmueble, en el que se realizarán las acciones del proyecto solicitado.
9. Para actividades acuícolas en aguas de jurisdicción federal:  presentar  título  de concesión, o permiso de pesca o acuacultura vigente, según corresponda.
10. Tener un comprobante de domicilio a nombre de la persona física solicitante. 
11. Haber registrado producción por lo menos dentro de los últimos 12 meses anteriores a la apertura de ventanilla 
12. Contar con una cuenta bancaria (que pueda hacer operaciones electrónicas o vía chequera por el monto total del apoyo) , o en el caso de que por decisión  del  beneficiario,  el  recurso sea pagado directamente al proveedor que libremente elija y cuente con la validación de la Instancia Ejecutora, contar con solicitud de del beneficiario en favor del proveedor. 
13. Cumplir con las obligaciones fiscales que les correspondan, conforme a la normatividad aplicable.
14. Llenar un Escrito bajo protesta de decir verdad, por el cual manifiesten que cuentan con la infraestructura necesaria en sus sedes específicas de operación, que les permita utilizar el apoyo para los fines autorizados y no estar incluidos en el "Directorio de personas físicas y/o morales que pierden su derecho de recibir apoyos", a cargo de la Secretaría de Agricultura (Anexo 33 Declaratoria del Solicitante del Componente Recursos Genéticos Acuícolas). 
15. Presentar una cotización de un laboratorio de producción de semilla acuícola que cuente con Certificado de Sanidad Acuícola emitido por SENASICA y autorizado por la Instancia Ejecutora (Puede consultar el padrón de Laboratorios registrados AQUÍ). En caso de que el laboratorio no esté registrado en el Padrón de Laboratorios Productores de semilla acuícola, publicado en la convocatoria, se deberá de presentar además de la cotización, el Currículo del laboratorio del que pretende adquirir la semilla acuícola. Para mayor referencia puede consultar los criterios y requisitos de las Reglas de Operación en el siguiente enlace:
 

https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5713375&fecha=30/12/2023#gsc.tab=0 
 
Podrá consultar los detalles de los criterios y requisitos de elegibilidad en el ACUERDO por el que se dan a conocer las Reglas de Operación del Programa de Fomento a la Agricultura, Ganadería, Pesca y Acuicultura para el ejercicio 2024

(https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5713375&fecha=30/12/2023#gsc.tab=0). 

Documentos:

 

 

Aviso de Cierre de Ventanilla para la Recepción de Solicitudes de Apoyo del Componente Recursos Genéticos Acuícolas, para el ejercicio 2024

Componente “Recursos Genéticos Acuícolas 2024”

El Instituto Mexicano de Investigación en Pesca y Acuacultura Sustentables (IMIPAS) a través de la Dirección de Investigación en Acuacultura, en su calidad de Instancia Ejecutora del Componente Recursos Genéticos Acuícolas 2024, declara oficialmente el cierre de la ventanilla única en su modalidad electrónica, denominada "Solicitud de Apoyo Componente Recursos Genéticos Acuícolas 2024", para sus subcomponentes "Semilla Acuícola", y "Líneas Genéticas Mejoradas".

Para mayores informes envíenos un correo a recursos.geneticos@imipas.gob.mx o llame al teléfono 55 38 71 95 00 extensión 55039.

Aviso de Cierre