A los regulados que requieran contar con un dictamen técnico o evaluación técnica realizada por un tercero autorizado se les comunica que de acuerdo con el artículo Tercero Transitorio de las Disposiciones Administrativas de Carácter General que Establecen los Lineamientos para Realizar las Actividades de Reconocimiento y Exploración Superficial, Exploración y Extracción de Hidrocarburos, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 09 de diciembre de 2016, en tanto no se cuente con terceros autorizados para tal efecto, podrán someter a consideración de la Agencia, por cada proyecto, que se reconozca a una persona física o moral con reconocimiento nacional o internacional para que éstos emitan una opinión calificada en materia de seguridad industrial, operativa y protección al medio ambiente, respecto de la etapa de desarrollo del proyecto evaluada.
Los regulados interesados en presentar la propuesta deberán ingresar como mínimo la siguiente documentación probatoria ante la Agencia:
- Acreditaciones profesionales;
- Certificaciones;
- Reconocimientos;
- Cursos de actualización;
- Cualquier otro documento que considere relevante, y
- Adjuntar la declaratoria de no existencia de conflicto de interés.
A partir de la recepción de los documentos, la Agencia analizará la propuesta del regulado para considerar a dicha persona física o moral como tercero autorizado para desarrollar el dictamen técnico o evaluación técnica a la que se refieren las Disposiciones.