La explotación sexual comercial de niñas, niños y adolescentes (ESCNNA), en cualquiera de sus modalidades, es además de una forma de violencia extrema, una grave violación a sus derechos humanos, por lo que debe ser prevenida y combatida por todos los órganos del Estado, en colaboración con las familias, la comunidad, los medios de comunicación y el sector privado. Implica todo tipo de actividad en la que una persona usa el cuerpo de una niña, niño o adolescente para sacar ventaja o provecho de carácter sexual y/o económico, basándose en una relación de poder, considerándose explotadora a toda aquella persona que intermedia u ofrece la posibilidad de la relación a un tercero, como a quien mantiene la misma con la niña, niño o adolescente, no importando si la relación es frecuente, esporádica o permanente.
Si bien se desconoce con exactitud la magnitud del fenómeno en México, derivado de la falta de diagnósticos especializados, de la inexistencia de registros oficiales y/o bases de datos confiables y homologados, de la escasa denuncia y de la normalización de esta forma de violencia, existe una constante denuncia, especialmente por parte de la sociedad civil, de que determinadas formas de ESCNNA, como aquella que se desarrolla a través de las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC) y la que se da en el contextos de los viajes y el turismo ha aumentado considerablemente, incluso de forma exponencial durante la Pandemia por coronavirus SARS-COV2.
Con la finalidad de apoyar los esfuerzos que se realizan por parte del Gobierno de México en esta materia, el Programa EUROsociAL+ de la Unión Europea y la Secretaría de Gobernación, a través de la Secretaría Ejecutiva del SIPINNA, desde diciembre de 2020, iniciaron un diálogo para la identificación y definición de la acción “Acompañamiento de EUROsociAL+ para el diseño de una Estrategia para la prevención de la Explotación Sexual Comercial de Niñas, Niños y Adolescentes (ESCNNA) en México”; proceso que se concretó con la firma entre ambas instancias, en noviembre de 2021, de la Carta de aprobación de la Acción y del Compromiso Interinstitucional.
La colaboración entre ambas instancias ha hecho posible la elaboración de este documento que pretende aportar insumos para que, desde los diversos ámbitos y desde los diversos órdenes de gobiernos, se puedan concretar acciones dirigidas a reducir los factores de riesgo que permiten que se cometan actos relacionados con la explotación sexual comercial de niñas, niños y adolescentes, en sus diversas modalidades, teniendo como finalidad contribuir a la protección de sus derechos humanos. También busca hacer visible cómo el ejercicio de dichos derechos puede verse afectados por la normalización de la violencia sexual hacia ellas y ellos, por las omisiones de las instituciones que deben velar por su protección integral así como, por una visión adultocentrista y mercantilista que sigue poniéndoles en una situación de alta vulnerabilidad.- Estrategia para la Prevención de la Explotación Sexual Comercial de Niñas, Niños y Adolescentes en México (ESCNNA).
- Anexo 3. Matriz de partes interesadas en la prevención de la ESCNNA.