1. Normatividad aplicable al trámite.
- Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos y su Reglamento.
- Reglamento Interior de la Secretaría de la Defensa Nacional.
- Disposiciones giradas por la propia Secretaría.
2. Requisitos.
- Solicitud de quien ejerza la presidencia o titularidad del club.
- Croquis de acotado de localización del campo de tiro en escala 1 a 4000, donde se observen 360 grados.
- Plano detallado de las instalaciones a escala 1 a 4000.
- Documento donde compruebe la propiedad del terreno.
- Opinión de quien sea titular de la Gubernatura de la Entidad Federativa.
- Opinión de quien sea titular de la Presidencia Municipal.
- El campo de tiro deberá ubicarse como mínimo a 1000 metros de distancia hacia lugares habitados, vías de comunicación, protegidas por accidentes naturales o artificiales.
Escrito libre.
¿Cuál es el costo de este trámite?
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Plazo Máximo de resolución: De 35 a 40 días hábiles.
Aplica positiva o negativa ficta: No aplica.
Las excepciones a lo previsto en el Art. 15-A de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, en su caso: Si aplica.
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