La Coordinación Derecho de Familia de la Dirección General de Protección Consular y Planeación Estratégica tiene a su cargo los siguientes temas:
Aquellos casos en los que existe un traslado o retención ilícita de una niña, niño o adolescente por parte de quien ejerce su custodia. NO es un robo de infante por parte de un tercero. Normalmente la sustracción ocurre cuando uno de los padres, madres o tutores(as) sin la autorización del otro padre, madre o tutor(a), -quien también ejerce derechos de custodia efectivos- o del juez competente, traslada a su(s) hija(s) o hijo(s) a un país distinto al de su residencia habitual. De igual manera, existe una retención ilícita cuando habiendo trasladado a la o el menor de 16 años con la autorización correspondiente, la permanencia en el país excede el tiempo de dicha autorización.
Personas residentes en un país que desean adoptar a una o un menor de 18 años que reside en otro país. El marco legal se encuentra principalmente en el Convenio de La Haya de 29 de mayo de 1993, relativo a la Protección del Niño y a la Cooperación en Materia de Adopción Internacional. Esta adopción implica que la(s) persona(s) adoptante(s) y la(s) persona(s) adoptada(s) radican en países distintos que son Parte del Convenio de la Haya.
La adopción internacional es distinta a la adopción por parte de personas extranjeras residentes en México, la cual se rige por las disposiciones locales aplicables y no por el Convenio. La SRE no interviene en el procedimiento de adopción por personas extranjeras residentes en México.
Aquellos casos en los que la persona deudora y la persona acreedora alimentaria residen en países distintos y existe un marco de colaboración o un tratado vigente que permite la recuperación de alimentos en el país de residencia de la persona deudora.
Aquellos procesos en los que debe definirse la custodia de las personas menores de edad que permanecen en un país y su(s) padre(s), madre(s) o tutor(a)(es)(as) o quienes tienen derechos sobre ellas y ellos residen en otro país o bien pretenden trasladarse a otro país. Ello incluye casos de las y los menores de edad bajo la tutela del Estado.