La Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) puede ayudarle a tramitar su solicitud de pensión alimenticia para menores con padres en el extranjero y a darle seguimiento, siempre y cuando el país en el que radica el padre o madre a quien se reclama el pago cuente con algún instrumento internacional de colaboración con México en materia de alimentos.
Es indispensable que el/la solicitante cuente con un domicilio válido del/la demandado (a) ya que esta Secretaría no cuenta con un sistema de búsqueda para este fin, además de que la SRE sólo actúa como autoridad intermediara en este trámite, por lo que no tiene ninguna injerencia respecto a los tiempos de respuesta de las autoridades de otros países ni en las decisiones judiciales que se adopten en cada caso particular.
Si bien el procedimiento inicia con una petición ante autoridades administrativas, las decisiones sobre la pensión alimenticia que corresponda las dicta el juez o tribunal competente en el país donde se encuentra el deudor, por lo que debe tener en cuenta que se trata de un procedimiento judicial y es necesario conducirse con verdad y proporcionar toda la información y documentación adicional que sea requerida por la Autoridad del país al que se envíe la solicitud de pensión.
En Estados Unidos se cuenta con el Programa Recíproco para el Cobro de Pensiones Alimenticias México-Estados Unidos (UIFSA). A través de este Programa de colaboración participan todos los estados de la Unión Americana, excepto:
- Colorado
- Florida
- Georgia
- Iowa
- Maryland
- Oklahoma
- Oregon
- Pensilvania
- Puerto Rico
- Virginia
- Wisconsin
Es decir, en los casos en que el deudor resida en esos estados NO podrá tramitarse una pensión alimenticia. De igual manera, existen algunos estados en los que la procedencia del trámite la determinan los condados, por lo que la presentación de la solicitud ante la Secretaría no garantiza que la misma va a ser aceptada por el Estado de destino.
Requisitos y formato de solicitud
Texto de la UIFSA en español
NOTA: UNA VEZ QUE SE ENVÍA LA DOCUMENTACIÓN A ESTADOS UNIDOS NO SE GARANTIZA SU DEVOLUCIÓN.
Por otro lado, los países que colaboran con México a través de la Convención Interamericana sobre Obligaciones Alimentarias:
- Argentina
- Belice
- Bolivia
- Brasil
- Colombia
- Costa Rica
- Ecuador
- Guatemala
- Panamá
- Paraguay
- Perú
- Uruguay.
Requisitos y formatos de solicitud
Texto de la Convención Interamericana sobre Obligaciones Alimentarias
NOTA: Para poder formular las solicitudes sobre obligaciones alimentarias ante los países en los que se encuentra en vigor esta Convención, resulta indispensable contar con resolución judicial fijando el monto de la pensión alimenticia la cual debe contar con las formalidades establecidas en el artículo 11 de este instrumento internacional.
Los países que colaboran con México en el Convenio sobre Obtención de Alimentos en el Extranjero de la ONU, son los siguientes:
- Alemania
- Argelia
- Argentina
- Australia
- Austria
- Barbados
- Bélgica
- Bielorrusia
- Bosnia y Herzegovina
- Brasil
- Burkina Faso
- Cabo Verde
- Chile
- Chipre
- Colombia
- Croacia
- Dinamarca
- Ecuador
- Eslovaquia
- Eslovenia
- España
- Estonia
- Filipinas
- Finlandia
- Francia
- Grecia
- Guatemala
- Haití
- Holanda-Países Bajos
- Hungría
- Irlanda
- Israel
- Italia
- Kazajistán
- Kirguistán
- Liberia
- Luxemburgo
- Marruecos
- Mónaco
- Montenegro
- Niger
- Noruega
- Nueva Zelanda
- Pakistán
- Polonia
- Portugal
- Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte
- República Centroafricana
- República Checa
- República de Macedonia
- República de Moldavia
- República Popular China
- Rumanía
- Santa Sede
- Serbia
- Seychelles
- Sri Lanka
- Suecia
- Suiza
- Surinam
- Túnez
- Turquía
- Ucrania
- Uruguay
Requisitos y formatos de solicitud
Texto del Convenio ONU sobre Obtención de Alimentos en el Extranjero en español.