La Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) puede ayudarle a transmitir su solicitud de pensión alimenticia para menores de edad con padre(s), madre(s) o tutor(a/es/as) en el extranjero y a darle seguimiento, siempre y cuando el país en el que radica el padre, madre o tutor(a) a quien se reclama el pago cuente con algún instrumento internacional o mecanismo de colaboración con México en materia de alimentos.

Es indispensable que el/la solicitante cuente con un domicilio válido del/la demandado(a) ya que esta Secretaría no cuenta con un sistema de búsqueda para este fin, además de que la SRE sólo actúa como autoridad facilitadora o intermediara en este trámite, por lo que no tiene ninguna injerencia respecto a los tiempos de respuesta de las autoridades de otros países ni en las decisiones judiciales que se adopten en cada caso particular.

Si bien el procedimiento inicia con una petición ante autoridades administrativas, la misma puede llegar ante algún órgano jurisdiccional competente en el país donde se encuentra el deudor, por lo que es necesario conducirse con verdad y proporcionar toda la información y documentación adicional que sea requerida por la Autoridad del país al que se envíe la solicitud de pensión alimenticia.

En el caso de pensiones alimenticias con deudores en Estados Unidos, es importante destacar que hay autoridades estatales o de diversos condados en aquel país que rechazan el trámite de pensión alimenticia para menores de edad por desconocer reciprocidad con México en la materia, por lo que es altamente recomendable que, para recibir orientación sobre el trámite de cobro de pensión alimenticia para menores de edad entre México y Estados Unidos, envíe una consulta por correo electrónico a la Dirección General de Protección Consular y Planeación Estratégica a la siguiente cuenta: dgpmexterior@sre.gob.mx

Lista de requisitos y formatos para el cobro de pensión alimenticia para menores de edad (MEX-EU)

Para recibir orientación sobre el trámite a seguir en aquellos casos en los que el deudor viva en México y la persona acreedora menor de edad en Estados Unidos, escriba al correo electrónico dgpmexterior@sre.gob.mx

NOTA: UNA VEZ QUE SE ENVÍA LA DOCUMENTACIÓN A ESTADOS UNIDOS NO SE GARANTIZA SU DEVOLUCIÓN.

Para el cobro de pensiones alimenticias en el extranjero, México colabora con otros países a través de los siguientes instrumentos internacionales.

Convención Interamericana sobre Obligaciones Alimentarias:

Requisitos y formatos de solicitud

NOTA: Para poder formular las solicitudes sobre obligaciones alimentarias ante los países en los que se encuentra en vigor esta Convención, resulta indispensable contar con resolución judicial fijando el monto de la pensión alimenticia la cual debe contar con las formalidades  establecidas en el artículo 11 de este instrumento internacional.

Convenio sobre Obtención de Alimentos en el Extranjero de la ONU

Requisitos y formatos de solicitud

Para solicitar mayor información favor de comunicarse a la Oficina de Pasaportes Foránea de la SRE más cercana a su domicilio o bien a la Dirección General de Protección Consular y Planeación Estratégica al correo electrónico dgpmexterior@sre.gob.mx