Pensión por riesgos de trabajo por incapacidad parcial o total.
Para que puedas realizar tu trámite, debes considerar lo siguiente:
¿Quién puede realizar el trámite?
El trabajador o sus familiares derechohabientes. |
¿Qué documentos necesito y cuáles deben ser sus características?
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¿Qué pasos debo realizar para el trámite?
Presencial:
Acude al área de Pensiones de la Subdelegación de Prestaciones adscrita a la Delegación Estatal o Regional más cercana a tu domicilio. | |
Solicita tu pensión por riesgos de trabajo por incapacidad parcial o total. | |
Presenta la documentación requerida. | |
Al cumplir con los requisitos documentales recibe la Concesión de pensión y espera el pago correspondiente. |
¿En cuánto tiempo obtengo una respuesta de resolución de este trámite?
Una vez cumplidos los requisitos documentales, el otorgamiento de la pensión y el primer pago se realizan en 20 días hábiles. |
¿Cuál es el costo de este trámite?
Trámite gratuito.
¿Existe un contacto para la orientación o pedir informes?
Lic. Erick Vera Olivares
Subdirector de Pensiones
Teléfono (0155) 5140-9617 Ext. 12212
¿Es necesario realizar una cita y en dónde?
No es necesario realizar cita.
¿Qué pasaría si no realizo este trámite?
El trabajador no tendrá acceso a la pensión a que tienen derecho por causa del riesgo de trabajo por incapacidad parcial o total.
¿Dónde puedo consultar más información?
Consulta la siguiente liga:
http://www.issste.gob.mx/pensiones/tipospensionesdt.html