El pasado 3 de junio entró en vigor el ACUERDO que modifica al diverso por el que la Secretaría de Economía emite Reglas y Criterios de Carácter General en materia de Comercio Exterior, mismo que se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 23 de octubre de 2018.

Con esto se modifica el Anexo 2.4.1 comúnmente conocido como “Acuerdo de NOM´s” o "Anexo de NOMs" y que establece una serie de medidas para validar que mercancías importadas cumplan con las Normas Oficiales Mexicanas (NOM) correspondientes.

El Acuerdo se modificó debido a que la Secretaría de Economía, a través de la Dirección General de Comercio Exterior, detectó que el 60% de las importaciones ingresaban al país al amparo de una "carta de no comercialización" o “excepción”, es decir, sin acreditar el cumplimiento con las NOM´s de seguridad en la aduana, afectando regulaciones en materia de salud, telecomunicaciones, agua y eficiencia energética, entre otras.

Estas “cartas de excepción” eran parte de un esquema que pretendía facilitar la comercialización de aquellos productos de importación que alguien iba a consumir excepcionalmente. Sin embargo, este mecanismo se tergiversó y evitó el cumplimiento cabal de varias NOM de eficiencia energética, como es el caso de la que aplica a lámparas de uso doméstico, ya que al cierre del año 2017, se habían importado, aproximadamente, 108 millones de focos incandescentes, sin que estos cubrieran las regulaciones existentes.

Asimismo, más de 16 millones de televisiones, decodificadores y piezas clasificadas en más de 10 fracciones arancelarias se importaron sin que cumplieran con las normas, lo que generó efectos negativos al esquema de las NOM en el país y afectó a la industria nacional, con el consecuente impacto a la economía general y de las familias en particular.

Este problema fue identificado por la Conuee gracias a la información proporcionada por empresas establecidas en el ramo de la iluminación y que forman parte de la Cámara Nacional de Manufacturas Eléctricas (CANAME), lo que dio lugar a que en 2017 se formara un grupo de trabajo “ad hoc” para ocuparse del asunto y que incluyó la participación de la propia Secretaría de Economía y de la Procuraduría Federal del Consumidoir (Profeco).

Para la Conuee este mecanismo es de gran importancia debido a que en el citado Anexo se encuentran incluidas 18 NOM de eficiencia energética; que aplican a bombas, transformadores, lavadoras domésticas, acondicionadores de aire, refrigeradores electrodomésticos motores, lámparas, estufas y energía en espera.