ARTÍCULO 15.- Para el debido cumplimiento de su objetivo, el CONAFE contará con unicades administrativas centrales con atribuciones normavitas, de coordinación, planeación, asesoría, ejecución, evaluación y control.

ARTÍCULO 16.- Para el estudio, coordinación, planeación y despacho de los asuntos de su compentecia, el CONAFE contará con las siguientes unidades admnistrativas centrales:

Dirección de Educación Comunitaria e Inclusión Social

Dirección de Cultura y Difusión

Dirección de Operación Territorial

Dirección de Planeación y Evaluación

Unidad de Administración y Finanzas

Direccion de Asuntos Jurídicos

El CONAFE contará con un Órgano Interno de Control que se regirá conforme a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal vigente, el Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública y las disposiciones previstas en el presente Estatuto Orgánico.