Objetivo y Funciones de la Dirección de Asuntos Jurídicos.

Representar legalmente al Consejo Nacional de Fomento Educativo, al Director General y a las Coordinaciones Territoriales para el Servicio Educativo del CONAFE; coordinar los servicios jurídicos en cualquier rama o materia de derecho que pueda derivarse judicialmente en defensa de los intereses del Consejo, así como vigilar la aplicación puntual de la normatividad por la que éste se rige.

Funciones:

I. Elaborar y coordinar el Programa Anual de Trabajo de Asuntos Jurídicos de conformidad con las políticas y lineamientos que determinen las autoridades competentes en la materia y los criterios que al respecto establezca la Dirección General del CONAFE; así como, vigilar y evaluar su cumplimiento

II. Establecer los criterios de interpretación que las unidades administrativas del CONAFE deberán seguir en la aplicación de las disposiciones legales en materia laboral, civil, penal y administrativa;

III. Participar en materia de su competencia, en la formulación de los convenios y acuerdos de coordinación con las Autoridades Federales;

IV. Asesorar y Resolver las consultas que formulen las Unidades Administrativas en situaciones reales y concretas sobre la aplicación de las disposiciones legales, así como las solicitudes que presenten respecto a las autorizaciones en el área de su responsabilidad, que no sean competencia de otras unidades administrativas del CONAFE;

V. Coordinar la elaboración y revisar los contratos, convenios, o cualesquiera acuerdos de voluntades vinculados con el desarrollo de las atribuciones del Consejo que le sean requeridos en tiempo por las unidades administrativas del CONAFE;

VI. Realizar toda clase de actos jurídicos vinculados con las atribuciones del Consejo y aquellos que le sean encomendados por la Dirección General y las Autoridades competentes;

VII. Representar al CONAFE, al Director General y a las Unidades Administrativas del Consejo, en toda clase de juicios ante diversas autoridades; Interponiendo en representación de aquellos, los recursos que procedan contra las sentencias y resoluciones dictados por las autoridades competentes, así como comparecer en los juicios de amparo en los que CONAFE sea parte;

VIII. Representar al CONAFE y a las autoridades dependientes de éste, en los asuntos relativos a los Derechos Humanos, así como en toda clase de investigaciones y procedimientos de la materia;

IX. Certificar y expedir copias de los documentos que obren en poder del Consejo, para ser exhibidos en asuntos judiciales, contencioso-administrativos y Jurisdiccionales;

X. Allanarse y transigir previa autorización, en toda clase de juicios, así como abstenerse de interponer los recursos, incluyendo el de revisión contra sentencias o resoluciones dictadas por los Tribunales Federales, cuando así convenga a los intereses del CONAFE;

XI. Dar vista al Órgano Interno de Control de los actos y omisiones que en el ejercicio de sus funciones llegase a advertir respecto de cualquier Servidor Público, que pudiera ser constitutiva de responsabilidad administrativa;

XII. Participar en la instrumentación de la política de integridad, responsabilidad, ética y conducta de su personal;

XIII. Llevar el registro y control de los contratos y convenios que celebre el CONAFE;

XIV. Otorgar en Representación del Consejo el perdón ante la Fiscalía o Autoridad Penal competente y, en su caso, pedir a aquéllas que se solicite el sobreseimiento conforme a la norma aplicable;

XV. Participar en la elaboración o modificación de los documentos que sustenten jurídicamente la operación de los programas educativos del Consejo y asesorar a las unidades administrativas en su instrumentación;

XVI. Determinar y dirigir las acciones de custodiar y administrar el patrimonio cultural del CONAFE y de los derechos patrimoniales de autor, con base en las disposiciones legales vigentes en la materia;

XVII. Dar seguimiento a las gestiones conducentes para obtener los permisos de importación y de exención de impuestos de los equipos y materiales adquiridos por el Consejo, ante las Secretarías de Hacienda y Crédito Público y de Economía;

XVIII. Participar en los Comités de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios, Mejora Regulatoria, Información y Transparencia, Combate a la Corrupción, Informática, Editorial, de Bienes Muebles, Ética y de Prevención de Conflictos de Interés del CONAFE y demás que se creen, asesorándolos jurídicamente;

XIX. Proponer actividades preventivas o negociaciones en el ámbito laboral, a fin de evitar en lo posible, determinaciones adversas contra del CONAFE o realizar acciones conforme a la recomendación de las autoridades competentes;

XX. Coordinar los trámites necesarios para hacer efectivas las pólizas de fianza que otorgan los proveedores, en caso de incumplimiento de las obligaciones contratadas por el Consejo;

XXI. Aplicar la política, los programas, procedimientos, métodos de trabajo, las reglas generales y los criterios que establezca el Consejo Nacional de Fomento Educativo en materia de su competencia, o por las Unidades Administrativas del mismo; así como coordinarse con las Autoridades Federales para el mejor ejercicio de sus facultades;

XXII. Participar en el procedimiento para destrucción de los documentos oficiales de certificación;

XXIII. Administrar y actualizar la Normateca Interna del CONAFE;

XXIV. Emitir dictamen fundado y motivado sobre las solicitudes de Acuerdo que se presenten a consideración de la Junta de Gobierno; y

XXV. Las demás que establezcan la Junta de Gobierno, el Titular de la Entidad y las disposiciones legales aplicables.