Solicitud de Apoyo para el Incentivo a la Infraestructura de Almacenamiento de Granos y Servicios de Información para la Competitividad Agrícola

Se otorgará un incentivo hasta del 50% (cincuenta por ciento) del costo total del Plan de Negocio, sin rebasar el monto máximo de apoyo de hasta $10’000,000.00 (diez millones de pesos 00/100 M.N.) para:

a)      Silos metálicos con capacidad mínima de 300 (trescientas) toneladas y hasta 5,000 (cinco mil) toneladas; o

b)      Bodegas planas con capacidad mínima de 300 (trescientas) toneladas y hasta 10,000 (diez mil) toneladas. Este concepto incluye la habilitación de la zona de carga y descarga, equipo de pesaje y el equipo necesario para su operación.

En ambos casos se incluyen los gastos por obra civil, infraestructura y/o equipamiento nuevo y en su caso, barda o malla perimetral, así como cualquier otro concepto de gasto vinculado al Plan de Negocio aprobado necesario para su operación.

II.       Rehabilitación (ampliación/mejora) y/o equipamiento nuevo de almacenes de granos existentes;

Se otorgará un incentivo hasta del 50% (cincuenta por ciento) del costo total del Plan de Negocio sin rebasar $7’000,000.00 (siete millones de pesos 00/100 M.N.).

El concepto de equipamiento nuevo puede incluir:

a)      Energía: Subestación Eléctrica (acometida, transformador, planta de luz);

b)      Equipo de Pesaje: Báscula ferrocarrilera, báscula camionera de hasta 80 toneladas de capacidad, báscula de piso de hasta 1 tonelada de capacidad y báscula de paso;

c)      Manejo del Grano: Volcadores hidráulicos de tráileres, fosas de carga y descarga, succionador de granos, elevador de cangilones, transportadoras de granos (bandas, cadenas, helicoidales, rastras, paletas, entre otras) y bazookas;

d)      Conservación del Grano: Sistema de secado de granos, sistema de termometría, sistema de aireación, sistema de enfriamiento y equipo de laboratorio;

e)      Beneficio de Limpieza, Cribado, Clasificación y Envasado: Tolva de descarga a granel, tolva de descarga para grano encostalado, cribado y aquintalado, sistema de prelimpia, cribas para separación por calidades en las zonas de carga, cribadoras portátiles, mesa de gravedad, pulidoras, ojo electrónico para selección de grano, encostaladoras y cosedoras y embolsadora;

f)       Instalaciones y Equipo Complementario: Minicargador de avance frontal, montacargas, área de plaguicidas, área de residuos peligrosos, baños y regaderas, carros básculas y jaulas graneleras (Incluye Dolly), Desgranadora y equipo informático.

Cuando el Plan de Negocio requiera la inclusión de algún concepto de gasto distinto a los previstos en este apartado, el  Comité Técnico Dictaminador podrá autorizar dichos conceptos,  siempre y cuando se justifique para su correcta ejecución, sin rebasar el monto máximo del apoyo.

Asimismo, se podrá realizar ajustes a la capacidad mínima de la infraestructura en función de las necesidades de los productores y las condiciones de los mercados locales que se definan de los planes de negocio.

Para los conceptos de apoyo, de las fracciones I y II de este artículo, incluye de manera obligatoria la capacitación a través de la institución o proveedor especializado que ASERCA determine, en los rubros que a continuación se enuncian, considerando las necesidades de cada organización de productores:

i.        Asistencia Técnica para la elaboración del Plan de Negocio, de aquellas solicitudes aprobadas.

ii.       Capacitación para la administración y operación de almacenes de maíz, en los rubros de: funcionamiento, mantenimiento manejo y control de instalaciones y equipos; gestión administrativa, capacitación técnica financiera, comercial, contable, oportunidades de mercado y cualquier otra vinculada con el objeto del Incentivo.

iii.      Capacitación sobre el manejo y control de calidad de maíz, oportunidades de mercados, comercialización y control de calidad y en sistemas de información: uso de normas de calidad del maíz (incluye el manejo de plagas y enfermedades); asistencia técnica sobre estándares de instalaciones de almacenamiento y protocolos de certificación, así como asistencia técnica sobre producción sustentable y gestión post-cosechas de la calidad del maíz.

El Incentivo se limitará a un Plan de Negocio por organización participante.

El incentivo no podrá destinarse para pago por adquisición del predio, superficie de terreno, trámites de escrituración, registro de propiedad, ni pago de contribuciones.

ASERCA dará a conocer mediante Aviso, las Entidades Federativas participantes, asimismo se reserva el derecho a canalizar estos apoyos a través de la Banca para asegurar la sustentabilidad de largo plazo del Proyecto de Inversión.