II. Instancias Ejecutoras:
a) Coordinación General de Comercialización;
b) Dirección General de Desarrollo de Mercados e Infraestructura Comercial,
c) Direcciones Regionales de la Unidad Responsable.
Además de las anteriores, podrán ser Instancias Ejecutoras o Agentes Técnicos, las áreas técnicas, agentes técnicos y demás instituciones interesadas en participar designadas por ASERCA de conformidad con lo estipulado en los artículos 8, 9, 10 y 11 de las Disposiciones Generales aplicables a las presentes Reglas de Operación; siempre y cuando se encuentren relacionadas con el Sector y cumplan con la normatividad aplicable vigente.
III. Instancia Dispersora de Recursos.- La Dirección General de Administración y Finanzas de ASERCA.