Publicaciones Recientes
2023-12-04 17:49:00 -0600
2023-12-04 17:02:00 -0600
2023-12-04 16:37:00 -0600
2022-10-06 15:27:00 -0600

ASEA-2023-005-026-A Presentación del Dictamen de Construcción de la NOM-018-ASEA-2023

Si te encuentras en este caso o circunstancias es deseable que realices este trámite.

Agencia de Seguridad, Energía y Ambiente | 29 de enero de 2024

Una vez que se ha concluido con la RSPA en instalaciones nuevas, ampliadas o con modificaciones al Diseño, el Regulado debe obtener un Dictamen de Construcción emitido por la Unidad de Inspección, debidamente acreditada por una Entidad de Acreditación y aprobada por la Agencia, en el que conste que las Instalaciones y los equipos cumplen con lo previsto en la Norma Oficial Mexicana NOM-018-ASEA-2023 para la etapa de Construcción, en un plazo máximo de 10 días hábiles posterior al inicio de Operaciones.

 

Este trámite se crea con el fin de dar certidumbre a los agentes Regulados que concluyen la construcción de Plantas de Distribución de Gas L.P., para que, mediante la entrega de la documentación solicitada, se tenga la certeza de que esta etapa se realizó en estricto apego a los requerimientos de la regulación.

 

Puedes realizar este trámite o servicio a través de las siguientes personas:

  • Interesado
  • Representante legal
  • El Regulado

 

Estas son las acciones para realizar el trámite de manera presencial:

1. Reúne los requisitos y documentos en físico.

2. Presentarse en el área de Oficialía de Partes ASEA, ubicada en Boulevard Adolfo Ruiz Cortines 4209, Jardines en la Montaña, Alcaldía Tlalpan, C.P. 14210, Ciudad de México. La recepción de documentos será de lunes a viernes de las 9:00 a las 15:00 horas.

¿Qué documentos se requieren para realizar el trámite?

  1. Escrito libre suscrito por el Regulado o su Representante Legal mediante el cual presente el Dictamen de Construcción emitido por una Unidad de Inspección acreditada por una Entidad de Acreditación y aprobada por la Agencia, en un plazo máximo de 10 días hábiles posterior al inicio de operaciones.
  2. Dictamen de Construcción: Una vez que se ha concluido con la RSPA en instalaciones nuevas, ampliadas o con modificaciones al Diseño, el Regulado debe obtener un Dictamen de Construcción emitido por la Unidad de Inspección, debidamente acreditada por una Entidad de Acreditación y aprobada por la Agencia, en un plazo máximo de 10 días hábiles posterior al inicio de operaciones.

¿Este trámite tiene monto de derechos o aprovechamientos?

Este trámite es gratuito

Liga CNARTyS (CONAMER)

https://catalogonacional.gob.mx/FichaTramite/ASEA-2023-005-026-A.html  

Documentos


  • Paginas : de
Contesta nuestra encuesta de satisfacción.
¿Cómo fue tu experiencia en gob.mx?

Imprime la página completa

La legalidad, veracidad y la calidad de la información es estricta responsabilidad de la dependencia, entidad o empresa productiva del Estado que la proporcionó en virtud de sus atribuciones y/o facultades normativas.