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ASEA 2020 005 005 A

Entrega de programa CDA.

Agencia de Seguridad, Energía y Ambiente | 13 de abril de 2021
imagen ilustrativa con la palabra trámite Cierre, Desmantelamiento y Abandono Cierre, Desmantelamiento y Abandono

Si te encuentras en este caso o circunstancias es deseable que realices este trámite

Cuando el regulado determine concluir de manera definitiva las actividades de un Proyecto, o sus instalaciones presenten Paro definitivo por más de seis meses sin justificación, deberá presentar ante la Agencia un programa de CDA que cumpla con las disposiciones.

Puedes realizar este trámite o servicio a través de las siguientes personas:

Interesado

Otros

Estas son las acciones para realizar el trámite de manera presencial:

1) Reúne los requisitos y documentos

2) Preséntate para entrega de documentos, en el Área de Atención al Regulado de la ASEA, Boulevard Adolfo Ruiz Cortines 4209, Jardines en la Montaña, Delegación Tlalpan, C.P. 14210, Ciudad de México.

a) La recepción de trámites o solicitudes de los Regulados será de lunes a viernes de las 9:30 a las 15:00 horas.

b) La entrega de notificaciones relacionadas con sus trámites o solicitudes tendrá un horario de atención de lunes a viernes de 9:30 a 15:00 horas y de 16:00 a 18:00 horas

Además de cumplir con la presentación de todos los requisitos también debes considerar cumplir con estas otras condiciones:

El programa de CDA, deberá presentarse de acuerdo a las etapas de Cierre, Desmantelamiento o Abandono en la que se encuentre cada proyecto. Para el caso de las actividades de Abandono, el programa deberá ser presentado de manera posterior a la conclusión de las actividades de Desmantelamiento. En cualquiera de los casos se deberá adjuntar la documentación que corresponda:

Para las actividades de Cierre, los documentos que se señalan en el Anexo I, sección A.

Para las actividades de Desmantelamiento, los documentos que se señalan en el Anexo I, sección B; En caso de no considerar la remoción total de las instalaciones, deberá presentarse la justificación técnica establecida en el artículo 23.

Para las actividades de Abandono, los documentos que se señalan en el Anexo I, sección C; además del reporte detallado de conclusión del Programa CDA, en lo correspondiente a las actividades de Desmantelamiento, en términos del artículo 27.

Liga CNARTyS (CONAMER)

https://catalogonacional.gob.mx/FichaTramite?traHomoclave=ASEA-2020-005-005-A

Documentos


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