El Programa Especial de Energía para el Campo en materia de energía eléctrica de uso agrícola (PEUA) tiene como objetivo que las personas físicas y morales que realicen actividades agrícolas, y utilicen energía eléctrica en el bombeo y rebombeo de agua para uso de riego agrícola, sean beneficiarios de una Cuota Energética.

A través del PEUA se busca contribuir a que las actividades agropecuarias sean más rentables, y dar acceso a productores agrícolas a la energía eléctrica a precios y tarifas de estímulo. Entre las instancias participantes en el PEUA están la Comisión Federal de Electricidad (CFE) y la Comisión Nacional del Agua (CONAGUA).

El PEUA es un apoyo para las y los productores que les permite tener el incentivo de reducir el costo de energía y poder llevar a cabo el riego de sus siembras. Este programa beneficia a 80 mil 966 productores, y en Chihuahua, Sonora, Guanajuato, Jalisco, Zacatecas, Michoacán, Coahuila, Durango, Puebla y San Luis Potosí se reportan los mayores ahorros.

Los apoyos del programa son abiertos para todas y todos los productores que tengan la necesidad de ocupar equipos de bombeo y rebombeo para su cultivo, y los beneficios son el otorgamiento de un incentivo de hasta el 95% en pago de energía eléctrica para uso agrícola.

¿Cuáles son los requisitos para ser beneficiario del PEUA?

1.        Del productor o productora

  • Copia del último recibo de pago o contrato de electricidad.

  • Copia de identificación oficial con fotografía (por ambos lados).

  • CURP.

  • RFC o cédula de identificación fiscal (sólo personas morales).

  • Acta constitutiva y documento que acredite al representante legal (sólo personas morales).

 2.   De la unidad de producción.

Cualquiera de los siguientes documentos que acredite la propiedad o legítima posesión:

  •  Título de propiedad.

  • Escritura pública.

  • Contrato de arrendamiento.

  • Certificación de derechos agrarios.

  • Acta de asamblea u otro.

  • Información del equipo de bombeo o rebombeo.

 3.   Del equipo de bombeo o rebombeo

Cualquiera de los siguientes documentos:

  • Factura o carta factura.

  • Pedimento de importación.

  • Sentencia de tribunal de adjudicación o remate judicial.

  • Acta certificada de compra.

  • Carta donde el productor manifieste bajo protesta de decir verdad ser propietario y estar en uso del equipo de bombeo.

 4.  Acreditar el uso y aprovechamiento del agua para riego agrícola.

Cualquiera de las siguientes opciones según sea el caso:

  • En caso de bombeo de aguas superficiales o subterráneas: Copia de título de concesión.

  • En caso de sentencias agrarias, dotaciones o ampliaciones presidenciales: Copia de título de concesión o sentencia.

  • En caso de rebombeo: carta de sujeto productivo donde indique que usará el agua para riego agrícola relacionada con el título de concesión autorizado.

  • En casos de zonas de libre alumbramiento o aguas no nacionales: carta de sujeto productivo donde indique que usará el agua para riego agrícola.

En 2021, el consumo de energía eléctrica de las y los productores inscritos en el PEUA fue de 21 mil 127 millones de pesos, sin embargo, el beneficio dio como resultado que sólo se pagaran siete mil 644 millones de pesos.