Lo anterior para mejorar su nivel de vida y aumentar la producción agropecuaria con el propósito de alentar la autosuficiencia del país y reducir las importaciones de arroz y trigo, principalmente.

En trigo y arroz el apoyo que se otorga es un incentivo, resultado de la diferencia del Precio de Garantía y el Precio de Mercado de Referencia y SEGALEMX no hará el acopio físico de las cosechas.

En trigo panificable para industria molinera nacional y para semilla alcanzará el precio de garantía en las siguientes modalidades:

Modalidad

Toneladas

Pago

Precio de garantía

Hasta 100

Incentivo completo 100% equivalente a la diferencia entre precio de garantía y precio de mercado de referencia establecido por SEGALMEX

Incentivo por productividad

Hasta 200 adicionales a las primeras 100 por productor

Recibirán 50% del incentivo completo

Precio de mercado de referencia

Será definido para cada región, calculándose el promedio de los precios de trigo en el Mercado de Físicos de la Bolsa de Comercio de Chicago y el promedio del tipo de cambio, más las bases fijadas por SEGALMEX.

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Los apoyos para arroz palay para industria molinera nacional y para semilla alcanzarán el precio de garantía y otros estímulos adicionales de la siguiente manera:

Modalidad

Toneladas

Pago

Precio de garantía

Hasta 120

Incentivo completo 100% equivalente a la diferencia entre precio de garantía y precio de mercado de referencia establecido por SEGALMEX

Incentivo por productividad

Hasta 180 adicionales a las primeras 120 por productor

Recibirán 50% del incentivo completo

Precio de mercado de referencia

Será definido en dos categorías: (arroz grueso y arroz largo), por ciclo agrícola (O.I/P.V.) y para las diferentes regiones productoras.

Su cálculo se determinará considerando los precios del arroz en el Mercado de Físicos de la Bolsa de Comercio de Chicago, el promedio del tipo de cambio, y los precios sugeridos por la industria molinera y los productores.

Cuando así se determine se ejecutarán programas emergentes de acopio y compra de cosechas de los granos susceptible de los Precios de Garantía. Asimismo,  se pagará a productores de arroz y trigo conforme a lo establecido por época de cosecha y serán notificados oportunamente.