Preguntas 

¿Cuál es el costo de este trámite?

En el año 2023, por la concesión de explotación de recursos geotérmicos $111,698.00 mxn. Hoja para el pago de derechos aquí.

¿Dónde puedo realizar este trámite?

Presencial: En las oficinas ubicadas en la Avenida Insurgentes Sur Núm. 890 piso 12, Col. Del Valle, Del. Benito Juárez, C.P. 03100, en la Ciudad de México en un horario de 10:00 a 18:00 hrs.

En línea: Trámite en línea aquí.

¿Es necesario realizar una cita?

No, sin embargo, para la presentación de una solicitud de cualquier trámite asociado a geotermia puedes agendar una cita para dudas e información en general al teléfono 55 5000 6000 ext. 1092.

¿Este trámite lo puede realizar otra persona en mi lugar?

Sí lo puede realizar otra persona, siempre que cuente con un poder notarial con facultades para actos de administración.

¿Cuánto tiempo dura el trámite?

Una vez cumplidos los requisitos establecidos en la Ley de Energía Geotérmica y las obligaciones contenidas en el permiso correspondiente, se otorgará la concesión en un plazo de 30 días hábiles.

¿Tengo que presentar una fianza?

Sí, se debe presentar una garantía de cumplimiento; sin embargo, ésta debe presentarse una vez que se haya otorgado la concesión.

¿Tengo que obtener otra concesión de alguna otra institución para poder ejercer los derechos derivados de la concesión de explotación de recursos geotérmicos otorgado por la SENER?

Sí, en el caso de yacimientos geotérmicos hidrotermales debe obtenerse la concesión del fluido por la Comisión Nacional del Agua, atendiendo lo dispuesto por el artículo 81 de la Ley de Aguas Nacionales.

¿Cuál es la vigencia de las concesiones? ¿Se pueden prorrogar?

La vigencia de las concesiones de explotación de recursos geotérmicos es de 30 años y se puede prorrogar siempre y cuando se haya dado puntual cumplimiento a las condiciones establecidas en el título de concesión y se reúnan los requisitos previstos en esta Ley y su Reglamento.

¿Es necesario tener un permiso de generación otorgado por la Comisión Reguladora de Energía para obtener la concesión de explotación recursos geotérmicos?

No, sin embargo, en caso de que la concesión de explotación de recurso geotérmicos sea para generar electricidad, el solicitante de una concesión, deberá presentar la solicitud de permiso de generación teniendo como plazo máximo 3 años para obtener el permiso correspondiente de la autoridad competente, en términos del artículo 31 de la Ley de Energía Geotérmica.