El Consejo Laboral como parte de sus funciones debe proporcionar un medio para recibir y considerar los puntos de vista de personas interesadas en asuntos relacionados con el Capítulo 23 Laboral e incluir en sus reuniones una sesión pública donde los miembros del Consejo Laboral puedan dialogar con los sectores interesados sobre los asuntos relacionados con la implementación de este Capítulo. Esta Segunda Reunión del Consejo Laboral del T-MEC está estructurada en dos partes: una sesión privada entre los representantes de los tres gobiernos, y una sesión pública.