Se informa a los proveedores de servicios de transporte de pasajeros nacionales y extranjeros, así como a los pasajeros internacionales con salida o ingreso a México de procedencia extranjera, que seguirá siendo válido el uso de los formatos de “Declaración de aduana para pasajeros procedentes del extranjero” y “Declaración de dinero. Salida de pasajeros”, a pesar de que estos continúen haciendo alusión a la Administración General de Aduanas (AGA) del Servicio de Administración Tributaria (SAT).

Lo anterior, ya que toda referencia a la AGA se entenderá hecha o conferida a la Agencia Nacional de Aduanas de México (ANAM), en términos de lo establecido en el artículo Octavo Transitorio del “DECRETO por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria, y por el que se expide el Reglamento Interior de la Agencia Nacional de Aduanas de México”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el pasado 21 de diciembre del 2021.