- Las personas servidoras públicas pueden realizar actividades laborales, profesionales o comerciales, adicionales a las de suempleo, cargo o comisión en la Administración Pública, siempre y cuando cumplan con sus obligaciones en la Administración Pública Federal.
- En ocasiones, tales actividades laborales, profesionales o comerciales externas dan lugar a conductas contrarias a los principios y valores que rigen el ejercicio de la función pública, e incluso, pueden llegar a constituir faltas administrativas o delitos.
- En el marco de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, la Unidad de Ética, Integridad Pública y Prevención de Conflictos de Intereses publica la presente guía, con la finalidad de orientar a las personas servidoras públicas del Gobierno Federal acerca de la forma de proceder, en caso de estar en alguno de dichos supuestos.
Publicaciones Recientes
2022-07-06 09:40:00 -0600
2022-06-07 10:02:00 -0600
2022-06-03 09:30:00 -0600
2022-05-20 10:59:00 -0600
Guía sobre el régimen de los servidores públicos que realizan actividades externas de tipo laboral, profesional o comercial
03/10/2018
Secretaría de la Función Pública |
04 de octubre de 2018
Guía sobre el régimen de los servidores públicos que realizan actividades externas de tipo laboral, profesional o comercial
Documentos
Imprime la página completa
La legalidad, veracidad y la calidad de la información es estricta responsabilidad de la dependencia, entidad o empresa productiva del Estado que la proporcionó en virtud de sus atribuciones y/o facultades normativas.