1. Normatividad aplicable al trámite.

  • Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos y su Reglamento.

  • Reglamento Interior de la Secretaría de la Defensa Nacional.
  • Disposiciones giradas por la propia Secretaría.

2. Requisitos.

  • Solicitud de la persona interesada conforme al formato anexo.
  • Fotocopias legibles de los registros de las armas que transportará por cambio de domicilio.
  • Fotocopia del comprobante de domicilio, o en su caso comprobante de arrendamiento del lugar donde radicará.
  • Fotocopia de Identificación con fotografía (la cual deberá coincidir con el domicilio del registro del arma).
  • Fotocopia de la credencial del club al que pertenece o fotocopia del permiso de coleccionista vigente (cuando la transportación sea por más de una arma de fuego y estén registradas para estas modalidades).

Solicitud en formato electrónico.

¿Cuál es el costo de este trámite?

Consulta lista de costos y Hoja de de ayuda para el pago electrónico e5cinco.

Plazo Máximo de resolución: De 15 a 20 días hábiles.

Aplica positiva o negativa ficta: No aplica.

Las excepciones a lo previsto en el Art. 15-A de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, en su caso: Si aplica.

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