Orientar a las Comisiones Estatales contra las Adicciones (CECA) para que generen de manera oportuna, eficiente y homologada un número de registro de los establecimientos residenciales en atención de las adicciones censados.
Este registro se realiza con base en los Criterios de Calidad establecidos en la Norma Oficial NOM-028-SSA2-2009 para la Prevención, Tratamiento y Control de las Adicciones, así como en ordenamientos legales aplicables y vigentes.