Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, publicada en el Diario Oficial de la Federación, con fecha de 11 de junio de 2002.
Obligaciones de Transparencia del Registro Agrario Nacional. RAN - enlace externo
Capítulo II.- Obligaciones de transparencia.
Artículo 7. Con excepción de la información reservada o confidencial prevista en esta Ley, los sujetos obligados deberán poner a disposición del público y actualizar, en términos del reglamento y los lineamientos que expida el Instituto o la instancia equivalente a la que se refiere el artículo 61, entre otra, la información siguiente:
Estructura orgánica.* 7 Fracción I.
Facultades de la Unidad Administrativa.* 7 Fracción II.
Directorio de servidores públicos.* 7 Fracción III.
Remuneración mensual por puesto.* 7 Fracción IV.
Domicilio de la Unidad de enlace.* 7 Fracción V.
Metas Institucionales y objetivos de las unidades administrativas.* 7 Fracción VI.
Trámites. 7 Fracción VIII.
Información sobre el presupuesto asignado. 7 Fracción IX Esta fracción no aplica.
Resultados sobre las auditorías al ejercicio presupuestal. 7 Fracción X Esta fracción no aplica.
Programas de subsidio. 7 Fracción XI Esta fracción no aplica.
Concesiones y permisos. 7 Fracción XII Esta fracción no aplica.
Adquisiciones y contrataciones de obra pública. 7 Fracción XIII Esta fracción no aplica.
Marco normativo.* 7 Fracción XIV.
Informes por disposición legal. 7 Fracción XV Esta fracción no aplica.
Mecanismos de participación ciudadana.* 7 Fracción XVI.
Información adicional. 7 Fracción XVII.