Tienes dudas sobre los días de vacaciones, el artículo 76 de la Ley Federal del Trabajo detalla cómo se deben otorgar las vacaciones a las personas trabajadoras.

Las personas trabajadoras con más de un año de servicios tienen derecho a disfrutar de un período anual de vacaciones pagadas, en ningún caso podrá ser inferior a doce días laborables, y que aumentará en dos días laborables, hasta llegar a veinte, por cada año subsecuente de servicios.

A partir del sexto año, el período de vacaciones aumentará en dos días por cada cinco años de servicio.

La siguiente tabla muestra la forma en que se deben otorgar los días de vacaciones

Año 1: 12 días

Año 2: 14 días

Año 3: 16 días

Año 4: 18 días

Año 5: 20 días

De 6 a 10 años: 22 días

De 11 a 15 años: 24 días

De 16 a 20 años: 26 días

De 21 a 25 años: 28 días

De 26 a 30 años: 30 días

De acuerdo con el Artículo 81 de la Ley Federal del Trabajo, las vacaciones deberán concederse a las personas trabajadoras dentro de los seis meses siguientes al cumplimiento del año de servicios.

Durante el periodo de vacaciones el patrón deberá de cubrir el salario ordinario percibido por las personas trabajadoras.

Asimismo, se le deberá otorgar a las personas trabajadoras una prima vacacional no menor al 25 por ciento sobre los salarios que les correspondan durante el período de vacaciones.

Las vacaciones jamás se deberán de compensar con remuneración alguna, es decir se tiene que otorgar el periodo a disfrutar.

Si la relación de trabajo termina antes de cumplir el año de servicios, la persona trabajadora tendrá derecho a una remuneración proporcional al tiempo de servicios prestados.

Los patrones tienen la obligación de entregar de manera anual a las personas trabajadoras una constancia donde indique su antigüedad y de acuerdo con ella el período de vacaciones correspondiente.

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