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Preguntas frecuentes

 

Solicitud de Reembolso por Gastos Médicos Extrainstitucionales del ISSSTE

 

Para que puedas realizar tu trámite, debes considerar lo siguiente:
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¿Quién puede realizar el trámite?
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Personas Derechohabientes: La/el Trabajador o Pensionado que en calidad de paciente manifieste daño físico, deficiencia administrativa y/o médica en la prestación del servicio de salud; Familiares de la/el paciente, en caso de fallecimiento de la/el Trabajador o Pensionado o cuando las circunstancias de salud impidan a la/el Trabajador o Pensionado presentarla por sí mismo, debiendo acreditar el carácter y/o circunstancia; albacea o herederos de éste, que acreditarán ese carácter con resolución emitida por autoridad competente o instrumento otorgado ante Fedatario Público; o el tutor nombrado por autoridad competente, en caso de imposibilidad física o mental del Derechohabiente.

Personas No Derechohabientes: La persona No Derechohabiente usuaria o solicitante del Servicio Médico; albacea o herederos de ésta, que acrediten ese carácter con resolución emitida por autoridad competente o con instrumento otorgado ante Fedatario Público; o el tutor(a) nombrado por autoridad competente, en caso de imposibilidad física o mental de la persona No Derechohabiente.

 

¿Qué documentos necesito y cuáles deben ser sus características?
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  1. Escrito inicial, el cual podrá ser a través del formato establecido para tal efecto, mismo que estará disponible en la Unidad o en el portal de internet del Instituto o mediante escrito libre, que deberá contener lo señalado en el artículo 36 del Reglamento para la Dictaminación de Quejas Médicas y Solicitudes de Reembolso del ISSSTE.
  2. Identificación oficial (credencial para votar con fotografía vigente, pasaporte vigente o cédula profesional) de la persona promovente. Copia
  3. En su caso, documento que acredite la representación legal con que se actúa, entiéndase que puede ser carta poder simple, poder notarial, determinación y/o sentencia emitida por la autoridad competente, a través de la cual se le otorgue dicha personalidad. Original
  4. Documentación que sustente la narración de los hechos, circunstancias que motivaron la Solicitud del Reembolso tales como: Resumen médico suscrito por quien de manera particular (extrainstitucional) haya atendido a la/el paciente, así como los estudios de laboratorio y gabinete practicados a la/el paciente o sus resultados, así como radiografías, ultrasonidos, tomografías, estudios histopatológicos, entre otros.  Original
  5. Impresión de las facturas electrónicas que acrediten la erogación de Gastos Médicos Extrainstitucionales, cuyo pago se reclama, expedidas a favor de la/el promovente o paciente y cumplir con los requisitos fiscales previstos en el artículo 29- A del Código Fiscal de la Federación y contener la descripción y desglose de los conceptos y precios unitarios, contenidos en los mismos.
  6. Escrito bajo Protesta de Decir Verdad de no haber iniciado proceso de Queja Médica en la que se reclame el mismo reembolso en la Unidad de Atención al Derechohabiente y Comunicación Social de las Representaciones Estatales y/o Regionales, así como en la Comisión Nacional de Arbitraje Médico. Original (Elabora la persona promovente)

 

¿Qué información necesito para llenar el escrito libre que me requieren?
 
  1. Nombre de la persona Promovente, y, en su caso, de su Representante Legal, o bien a quien haya autorizado para oír y recibir notificaciones, realizar trámites, gestiones y comparecencias que fueren necesarios para la tramitación del procedimiento, o bien para recibir cuando sea procedente, el monto determinado por el Órgano Colegiado.
  2. Domicilio y correo electrónico para oír y recibir notificaciones y número de teléfono fijo o celular en que pueda ser localizado.
  3. Unidad y/o Unidades Médicas involucradas del Instituto y extrainstitucionales.
  4. Narración de los hechos, circunstancias que motivaron la Solicitud de Reembolso y, en su caso, documentación que la sustente.
  5. Señalar la cantidad del importe con letra y número, que reclame en la Solicitud de Reembolso.
  6. Firma, autógrafa o electrónica de la persona promovente, o de quien actúa por el mismo, o su huella dactilar, en caso de que éstos no puedan o no sepan firmar.

 

¿Qué pasos debo realizar para el trámite?
   
  Presencial:
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La persona promovente, deberá acudir a la Unidad que corresponda de acuerdo con su último domicilio.

Deberás considerar, que en caso de que alguna área del Instituto, distinta al supuesto antes referido, reciba el procedimiento aquí señalado, y que no sea competente para conocerlo, ésta lo remitirá en su totalidad dentro del término de tres días hábiles contados a partir del momento de la recepción, a la Unidad que deba conocer de la misma.

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Presenta la Solicitud de Reembolso mediante el formato establecido para tal efecto, mismo que estará disponible en la Unidad o en el portal de internet del Instituto o mediante escrito libre que contenga los requisitos señalados en el artículo 36 del Reglamento para la Dictaminación de Quejas Médicas y Solicitudes de Reembolso del ISSSTE.
Dicha solicitud deberá presentarse dentro del término de dos años calendario contados a partir de la fecha en que ocurrieron los hechos, lo anterior de conformidad con el artículo 34 del citado Reglamento.

Deberá presentar impresión de las facturas electrónicas que acrediten la erogación de Gastos Médicos Extrainstitucionales, cuyo pago se reclama, expedidas a favor de la/el promovente o paciente y cumplir con los requisitos fiscales previstos en el artículo 29- A del Código Fiscal de la Federación y contener la descripción y desglose de los conceptos y precios unitarios, contenidos en los mismos.

En caso de no cumplir con alguno de los datos o documentos señalados, se le requerirá una sola vez por escrito y tendrá un plazo no mayor de cinco días hábiles, contados éstos a partir del día siguiente al que reciba la notificación por parte de la Unidad, para presentar la documentación faltante, de lo contrario la Solicitud de Reembolso será desechada, sin entrar al fondo del asunto mediante la resolución correspondiente.

 

¿En cuánto tiempo obtengo una respuesta de resolución de este trámite?
/cms/uploads/image/file/607253/tiempo.jpg 115 días hábiles siguientes a la recepción del escrito inicial.

 

¿Cuál es el costo de este trámite?
 

Trámite gratuito.

 

¿Existe un contacto para la orientación o pedir informes?
 

Lcda. Cinthya Monserrat Rojas Noguez
Jefa de Departamento de Dictaminación de Reembolsos
cinthya.rojas@issste.gob.mx
Teléfono (55) 5140-9617 Ext: 13354

 

¿Es necesario realizar una cita y en dónde?
 

Para tu comodidad contamos con el Sistema de Digitalización de la Cita, que podrás consultar en el portal www.gob.mx; o bien acudir sin cita, a realizar el trámite de manera presencial, de lunes a viernes, de 09:00 a 15:00 horas, en las Oficinas de las Unidades de Atención al Derechohabiente y Comunicación Social, de las Representaciones Estatales o Regionales.

 

¿Qué pasaría si no realizo este trámite?
 

Imposibilitaría a la persona promovente para que le sean reembolsados los gastos médicos extrainstitucionales derivados de la imposibilidad, negativa, deficiencia médica o administrativa en la prestación de los servicios médicos.

 

ISSSTE-05-003

Actualizado Enero 2025