Los presentes lineamientos son de aplicación obligatoria para todos los inmuebles, flotas vehiculares, equipos y aparatos consumidores de energía de las Dependencias o Entidades de la Administración Pública Federal (APF), con el fin de hacer un uso eficiente de la energía y aplicar criterios de aprovechamiento sustentable de la energía, en las adquisiciones, arrendamientos, obras y servicios que contraten.
Las Dependencias o Entidades de la APF deberán considerar estos lineamientos en sus procedimientos y hacer del conocimiento de las áreas involucradas en adquisiciones y compras, para que se tomen en cuenta las normas de eficiencia energética cuando se pretenda adquirir, cambiar, construir, arrendar algún equipo, sistema o inmueble que se encuentre en el alcance de las normas mencionadas.I.1.
Definiciones
Para efectos de los presentes Lineamientos se establecen las siguientes definiciones, considerando que los términos que no se incluyen en este capítulo se definen en las normas de referencia o tienen su acepción dentro del contexto en el que se utilizan.
Comisión: La Comisión Nacional para el Uso Eficiente de la Energía.
Combustible: Es la fuente de energía necesaria para que un vehículo automotor pueda funcionar.
Control del combustible: Es el proceso establecido por los administradores de flotas para llevar a cabo la administración del combustible que se asigna a los vehículos automotores oficiales.
Dependencias: Las Secretarías de Estado, sus órganos administrativos desconcentrados, la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal, la Presidencia de la República, los Órganos Reguladores Coordinados en Materia Energética, la Procuraduría General de la República y los Tribunales Federales Administrativos.
Dictamen de verificación: Documento foliado y elaborado en papel seguridad que emite la unidad de verificación y firma bajo su responsabilidad, en el cual consta el cumplimiento de la instalación con las Normas Oficiales Mexicanas (NOM) en un momento dado, así como los datos relativos a la instalación.
Edificio: Cualquier estructura que limita un espacio por medio de techos, paredes, piso y superficies interiores, que requiere de un permiso o una licencia de la autoridad municipal o delegacional para su construcción.
Eficiencia energética en el sistema de alumbrado: Es el máximo rendimiento de la energía consumida, a través del establecimiento de valores límite de la densidad de potencia eléctrica por unidad de área (DPEA), sin menoscabo del confort psicofisiológico de sus ocupantes.
Entidades: Las Entidades Paraestatales que formen parte de la APF, en los términos de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y de conformidad con la relación que publica anualmente la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
Envolvente de un edificio: Está formada por los techos, paredes, vanos, pisos y superficies inferiores, que conforman el espacio interior de un edificio.
Evaluación de la conformidad: La determinación del grado de cumplimiento de la instalación con la NOM, mediante la verificación.
Evaluación técnica: Instrumento de evaluación empleado cuando un sistema (alumbrado o envolvente) no se encuentra en el campo de aplicación de una norma en específico, que sirve para determinar si el sistema cumple con la norma correspondiente.
Flota vehicular: Conjunto de vehículos automotores del sector público que, bajo la administración de un responsable, se utilizan para prestar diversos servicios de transportación.
Inmueble: Aquel edificio o conjunto de edificios (en el mismo predio) destinados para oficinas y otros usos.
Sistema de alumbrado: Conjunto de equipos, aparatos y accesorios que ordenadamente relacionados entre sí, contribuyen a suministrar iluminación a una superficie o un espacio.
Tipo de combustible: Son las diferentes alternativas de combustibles derivados del petróleo que, de acuerdo con los requerimientos del fabricante, utilizan los vehículos automotores para su correcta operación.
Tipo de servicio: Son los diferentes servicios de transportación a los que se asignan los vehículos oficiales (pasajeros, carga o mixto).
Tipo de vehículo: Características propias de un vehículo automotor, destinado a una función específica de transportación.
Unidad de verificación: La persona física o moral que realiza actos de verificación, conforme a lo dispuesto en la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, que se encuentra debidamente acreditada y aprobada para verificar el cumplimiento con la NOM correspondiente.
Verificación: La constatación ocular o comprobación mediante muestreo, medición, pruebas de laboratorio, o examen de documentos, que se realizan para evaluar la conformidad en un momento determinado.

Programa APF

  1. Marco regulatorio  |  Disposiciones 2018  |  Lineamientos
  2. Criterios para integrar: Comité  |  Plan Anual de Trabajo |  Sistemas de Gestión de la Energía
  3. Rubros participantes: Inmuebles  |  Flotas Vehiculares  | Instalaciones Industriales
  4. Control y seguimiento: Sistema APF  |  Sistema de Capacitación
  5. Cursosseminariosforos y talleres 2018
  6. Otros: Informe de resultados  |  Notas de interés  | Boletines  |  Reconocimiento  |  Capacitación | Documentos