- Las Sociedades Financieras de Objeto Múltiple, Entidades No Reguladas (Sofomes ENR), no forman parte del Sistema Financiero Formal.
MITO.- Las Sofomes ENR, desde su nacimiento en 2006, forman parte del sistema financiero nacional, así lo indican los diversos cuerpos normativos que las regulan.
- Las Sofomes ENR pueden captar recursos del público ahorrador.
- La captación de recursos sólo está permitida por regla general, a aquellas entidades financieras que cuentan con la debida autorización. Es más, si realizan -captación de recursos-, esto sería una captación irregular y tanto empleados y funcionarios pudieran llegar a tener consecuencias de tipo penal.
- Las Sofomes ENR deben cumplir con diversas normas que las regulan.
- Independientemente el nombre poco afortunado que tienen estas sociedades, el cual pudiera entenderse que no les aplica ninguna norma. Este tipo de entidades son reguladas por leyes financieras, leyes fiscales y disposiciones de carácter secundario emitidas por CONDUSEF, Banco de México y la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, incluyendo las normas en materia de Lavado de Dinero emitidas por esta última autoridad.
- Las Sofomes ENR pueden enviar y consultar los historiales de crédito en las diferentes Sociedades de Información Crediticia.
- Es ampliamente recomendable que este tipo de entidades remitan y consulten los distintos Buros de Crédito. Esto permitirá controlar el sobreendeudamiento y fortalecer la base de datos crediticia para coadyuvar a tener un sano sistema financiero.
- Las Sofomes ENR solamente pueden otorgar crédito de nómina.
- La naturaleza de estas entidades financieras es que pueden celebrar todo tipo de créditos, factoraje y arrendamiento financiero; cumpliendo con la norma, haciendo un análisis de crédito serio de sus clientes para evitar el endeudamiento de las personas y, en general, apegándose a las sanas prácticas financieras y de crédito.
Adicionalmente, las Sofomes ENR tienen distintas obligaciones frente a CONDUSEF:
- Registrarse en el Registro de Prestadores de Servicios Financieros (SIPRES).
- Registrar sus contratos de adhesión en el RECA.
- Registrar las comisiones que cobren por las operaciones que realicen, en el RECO.
- Registrar la Unidad Especializada y atender las consultas y reclamaciones recibidas y atendidas.
Adicionalmente tienen que cumplir con la normativa de Lavado de Dinero emitida por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.
RECOMENDACIONES DE CONDUSEF
Antes de contratar con alguna institución:
- Consultar en el Registro de Prestadores de Servicios Financieros (SIPRES) (http://sipres.condusef.gob.mx/home/), si la institución está o no registrada.
- No te quedes con dudas. Pregunta, compara y elige razonadamente.
- Conoce los riesgos asociados a la operación que pretendes realizar (consecuencias del no pago, carga moratoria, ejecución de garantías, etc.)
- Recordar que CONDUSEF no cuenta con facultades para resarcir daños ni pérdidas generadas por inversiones y ahorros.
Para cualquier duda llama al 53-400 999 ó 01 800 999 80-80.