La Convención sobre la Eliminación de toda forma de Discriminación contra la Mujer fue aprobada por Naciones Unidas en 1979 y ratificada por 187 países, entre ellos México. 

Su Protocolo Facultativo permite a las personas y organizaciones de la sociedad civil a presentar al Comité CEDAW denuncias por violaciones a la Convención cuando no encuentren en su país tutela judicial o administrativa rápida y efectiva.

La Convención exige a los Estados Partes la nulidad de todo instrumento que limite la capacidad jurídica de la mujer, que se modifique el papel tradicional de hombres y mujeres en la sociedad y en la familia, y que se tomen medidas para eliminar la discriminación mediante acciones positivas, es decir, “medidas especiales de carácter temporal encaminadas a acelerar la igualdad”.

¿Sabías que la CEDAW es el único tratado de derechos humanos que incluye el derecho de la mujer “a decidir libre y responsablemente el número de sus hijos y el intervalo entre los nacimientos y a tener acceso a la información, la educación y los medios que le permitan ejercer estos derechos”?. El artículo 5 prohíbe usar la maternidad como evasiva para la discriminación laboral u otras, y obliga a reconocerla como función social, en corresponsabilidad de hombres, mujeres y servicios sociales de cuidado de la infancia.



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