La política migratoria de los Estados Unidos durante la COVID 19, Título 42 y 8, dos instrumentos legales para entenderla, 2020 a 2023

Desde el 20 de marzo de 2020 hasta el 11 de mayo de 2023 se implementó como medida de salud pública la expulsión inmediata de migrantes mediante el título 42 y fue determinada por un juez mediante el título 8 la situación migratoria regular.

Consejo Nacional de Población | 26 de agosto de 2023
Información sociodemográfica relevante durante la contingencia sanitaria COVID 19, referente a aprehensiones y eventos de expulsión Información sociodemográfica relevante durante la contingencia sanitaria COVID 19, referente a aprehensiones y eventos de expulsión

La contingencia sanitaria a nivel mundial provocada por el virus SARS-Cov2, reconfiguró el marco regulatorio de las autoridades migratorias estadunidenses, implementando el título 42, medida de salud pública que data de 1944, el cual permite la expulsión inmediata de cualquier persona que cruce de manera irregular la frontera. En tanto el título 8 de la Ley de Inmigración y Nacionalidad de 1952, ingresa a estaciones migratorias y posteriormente pueden ser devueltos a su país a su país de origen o regular su situación migratoria en función de un juez.

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