Cada día cobra mayor importancia la actuación frente a casos de violencia laboral, hostigamiento y acoso sexual, porque actualmente se busca que las empresas tengan un ambiente laboral sano; esto quiere decir, contar con entornos organizacionales favorables en donde los trabajadores convivan en un clima de respeto y seguridad, tanto física como emocional.

Porque todos los trabajadores tienen derecho a laborar con base a una cultura organizacional a partir de una concepción integral del ser humano, que implica un cambio estructural que debe comenzar al interior de las propias empresas.

De acuerdo con una encuesta de OCC Mundial realizada a más de 2 mil participantes, el 51 por ciento de los profesionistas mexicanos ha sufrido algún tipo de violencia laboral, por eso a finales de 2012, se adicionó a la Ley Federal del Trabajo, un artículo sobre el acoso laboral. Hablamos del Artículo 3º Bis, que señala: Para efectos de esta Ley se entiende por:

a) Hostigamiento, el ejercicio del poder en una relación de subordinación real de la víctima frente al agresor en el ámbito laboral, que se expresa en conductas verbales, físicas o ambas; y

b) Acoso sexual, una forma de violencia en la que, si bien no existe la subordinación, hay un ejercicio abusivo del poder que conlleva a un estado de indefensión y de riesgo para la víctima, independientemente de que se realice en uno o varios eventos.

Consulta el artículo completo en la Revista Mundo del Trabajo No. 135