Cobertura

Localidades rurales o indígenas sin acceso a servicios escolares cercanos provistos por las entidades federativas, de educación inicial, preescolar, primaria y secundaria, preferentemente las localidades rurales de alta y muy alta marginación o de menos de 100 habitantes sin categoría de marginación. Además, se incluyen localidades rurales, indígenas o de población afromexicana, campamentos agrícolas donde laboran familias jornaleras, circos, albergues para poblaciones en migración o para la protección a mujeres contra la violencia y asentamientos de comunidades indígenas en ciudades que optan por la educación comunitaria.

Población objetivo

La población potencial está constituida por los NNA sin educación básica cuyo número en su localidad es reducido (menor a 30 estudiantes) sin acceso a escuelas cercanas. La población objetivo está constituida preferentemente por niños menores de 15 años de localidades rurales de mayor pobreza y marginación o localidades de menos de 100 habitantes sin categoría de marginación. Se incluyen también los NNA de familias que demanden educación que se encuentran en localidades rurales pequeñas, campamentos agrícolas donde laboran sus familias jornaleras, o en circos, albergues para poblaciones en migración o para la protección de mujeres que sufren violencia, así como en asentamientos de comunidades indígenas rurales o en ciudades que optan por la educación comunitaria. El CONAFE también puede atender a adolescentes para que obtengan su educación básica en las localidades donde brinda sus servicios. La población objetivo también incluye a las mujeres embarazadas y personas gestantes y a los padres de las niñas y los niños menores de 3 años. También se incluye a las personas que forman las APEC las cuales requieren una formación para desarrollar las capacidades que les permitan acompañar y monitorear el desempeño de los servicios educativos en su comunidad.

Beneficiarios /as

Son las NNA sin educación básica cuyo número en su localidad es reducido (menor a 30 estudiantes) sin acceso a escuelas cercanas, jóvenes, madres, padres, personas gestantes, tutores, personas cuidadoras y comunidades marginadas donde habitan distintos grupos en situación de vulnerabilidad, en forma destacada la población indígena, migrante y rural, de campamentos agrícolas migrantes, circos y otros definidos en su población objetivo.

Requisitos

Para que las comunidades susceptibles de atención detectadas en estudios de gabinete o campo, puedan obtener el beneficio de los servicios educativos que brinda el CONAFE deberán solicitarlo por escrito de acuerdo al procedimiento de selección descrito en la sección 3.3.2.

Las personas habitantes de la comunidad interesada, las autoridades comunales o municipales, o cualquier otra instancia gubernamental, deberá presentar: una solicitud mediante escrito libre para la instalación o reapertura de un servicio educativo, o capturar la solicitud en línea para la instalación o reapertura de un servicio educativo en la página https://cnfsiiinafe.conafe.gob.mx/SolicitudServicios, dirigida a la Coordinación Territorial para el Servicio Educativo del CONAFE en la Entidad Federativa donde se ubica la localidad, con los siguientes datos:

1. Nombre de la localidad, campamento de jornaleros migrantes, circense o albergue indígena.

2. Municipio o demarcación territorial para la Ciudad de México, número de habitantes y de beneficiarios/as potenciales.

3. Especificar el tipo de servicio requerido (inicial, preescolar, primaria y/o secundaria).

4. Proporcionar un croquis o mapa de referencia geográfica. DIARIO OFICIAL Sábado 30 de diciembre de 2023

El procedimiento de solicitud es gratuito y puede efectuarse durante todo el año.

La solicitud puede entregarse directamente en la CT de lunes a viernes (días hábiles) de 9:00 a 15:00 horas, o mediante correo electrónico, el cual se puede consultar, así como las direcciones de cada CT en: https://www.gob.mx/conafe/acciones-y-programas/coordinaciones-territoriales-para-el-servicio-educativo-delconafe-en-las-entidades-federativas?state=published.

El plazo máximo para dar respuesta a la solicitud es de tres meses, contados a partir de la recepción completa de ésta. Si se requiere más información por parte de la CT, la persona solicitante tendrá 15 días hábiles para entregarla. La CT será la responsable de entregar la respuesta por escrito en el domicilio del solicitante o a través del correo electrónico que éste indique.