Más Información
- ¿Quién debe presentar este trámite?
- Las Instituciones y la Sociedades Mutualistas.
- ¿Qué información se debe presentar?
- El monto de los límites máximos de retención a que se refieren los Capítulos 9.1, 9.2, 9.3, 16.2, 17.2, 18.2 y 19.1 de la Circular Única de Seguros y Fianzas (CUSF), así como el cálculo de la determinación del factor medio de calificación de garantías de recuperación a que se refiere la Disposición 9.3.8 de la CUSF;
- La opinión del actuario independiente, para el supuesto previsto en la Disposición 9.1.8 de la CUSF, y
- El módulo “Plan General de Reaseguro y Reafianzamiento” del informe a que se refiere la fracción I de la Disposición 9.7.7 de la CUSF.
- ¿Cuándo se debe presentar la información?
- Deberá presentarse dentro de los veinte días hábiles siguientes al cierre de cada ejercicio
- ¿Cómo se debe presentar la información?
- El Reporte Regulatorio sobre Reaseguro y Reafianzamiento (RR6ANUAL) se presentará, de conformidad con lo señalado en el Anexo 38.1.7 de la CUSF, apegándose al procedimiento señalado en los Capítulos 39.1 y 39.3 de la misma Circular.
- ¿Existe un contacto para la orientación o pedir informes?
- Te puedes comunicar a nuestra mesa de ayuda (55)5724-7647, y con gusto te atenderán.