Más Información 

  • ¿Qué instituciones deben de presentar el Reporte Regulatorio sobre Intermediación de Reaseguro (RR-12)?
    •  La Persona moral, autorizada para realizar operaciones de Intermediación de Reaseguro o Reafianzamiento
  • ¿Qué información requieren presentar los Intermediarios de Reaseguro ante la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas (CNSF)?
    • I. Reporte de las Operaciones de Intermediación de Reaseguro o Reafianzamiento realizadas en el trimestre que se reporta, y
    • II. Copia de los poderes de aceptación o facilidad de suscripción, así como de la revocación correspondiente. La copia de los poderes deberá presentarse en el trimestre que corresponda a la fecha de inicio de su vigencia. En caso de no contar con poderes en el trimestre a reportar, se deberá enviar un escrito indicando que no se tienen poderes de aceptación o facilidades de suscripción otorgados en el trimestre respectivo.
  • ¿Cuándo se debe presentar la información?
    • Dentro de los veinte días hábiles siguientes al cierre de los trimestres terminados en los meses de marzo, junio, septiembre y diciembre de cada año.
  • ¿Cómo debo de presentar el Reporte Regulatorio (RR12)?
  • ¿En dónde se presenta este trámite?
  • ¿Cuál es el costo de este trámite?
    • El trámite es gratuito.
  • ¿Existe un contacto para la orientación o pedir informes?
    • Te puedes comunicar a nuestra mesa de ayuda (55)5724-7647, y con gusto te atenderemos.