Más Información 

  • ¿Quiénes pueden realizar este trámite?
    • Este trámite lo pueden realizar las Persona Morales que tengan debidamente acreditada su personalidad jurídica.
  • ¿Qué periodicidad tiene el Reporte Regulatorio sobre Información Corporativa (RR-5)?
    • El Reporte Regulatorio sobre Activos e Inversiones (RR-5) se presentará, de conformidad con lo señalado en el Anexo 38.1.6, dentro de los quince días hábiles siguientes al cierre de cada trimestre, con excepción de la información del cuarto trimestre, misma que deberá presentarse dentro de los primeros veinte días hábiles siguientes al cierre del ejercicio.
  • ¿Qué información se debe de integrar en el Reporte Regulatorio sobre Activos e Inversiones (RR-5)?
    • El Reporte Regulatorio sobre Activos e Inversiones (RR-5) contendrá la siguiente información y documentación:

I. Documentación relativa a la comprobación de las inversiones de las Instituciones y Sociedades Mutualistas, a que se refiere la Disposición 8.23.4;

II. Documentación relativa a la comprobación de los activos e inversiones de las Instituciones y Sociedades Mutualistas, a que se refiere la Disposición 8.23.5;

III. Documentación relativa a los contratos que las Instituciones y Sociedades Mutualistas hayan efectuado en el trimestre correspondiente con intermediarios financieros o instituciones para el depósito de valores, para la administración, intermediación, depósito y custodia del efectivo, títulos o valores que formen parte de su activo, a que se refiere el Capítulo 8.19 de estas Disposiciones; y

IV. Documentación relativa a la comprobación de las aportaciones realizadas a los fondos especiales de seguros a que se refiere el Título 20 de las presentes Disposiciones. Para estos efectos, deberán presentar la copia digitalizada del comprobante bancario referente a las cantidades depositadas a dichos fondos especiales, así como la confirmación expedida por la institución fiduciaria.

  • ¿En dónde puedo consultar los instructivos de uso, descriptores de texto y criterios específicos de los archivos que integran el presente Reporte Regulatorio, de conformidad con lo establecido en la Disposición 38.1.6.?
  • ¿Hay algún número en el que me puedan atender en caso de tener alguna otra duda acerca del trámite?
    • Te puedes comunicar al teléfono (55)5724-7400, en donde te podrán dar más informes acerca de tu trámite.

NOTA: las disposiciones las podrás consultar en la Circular Única de Seguros y Fianzas (CUSF).