Más Información
- ¿Qué es una operación inusual?
- Es la Operación o conducta de un Cliente que no concuerde con los antecedentes o actividad conocida por la Aseguradora o Afianzadora, declarada a éstas, o con el perfil transaccional inicial o habitual de dicho Cliente, en función al origen o destino de los recursos, así como al monto, frecuencia, tipo o naturaleza de la Operación de que se trate, sin que exista una justificación razonable para su realización, o aquella Operación que un Cliente realice o pretenda realizar con la Aseguradora o Afianzadora, en la que por cualquier causa, se considere que los recursos correspondientes pudieran ubicarse en alguno de los supuestos previstos en los artículos 139, 148 Bis o 400 Bis del Código Penal Federal.
- ¿Cuándo se presenta?
- El trámite se debe presentar a través del Sistema de Envío de Información por Vía Electrónica SEIVE en archivo electrónico en formato .TXT, dentro de un periodo que no exceda los sesenta días naturales contados a partir de que se genere la alerta por medio de su sistema, modelo, proceso o empleado de la Aseguradora, lo que ocurra primero.
- ¿Existe algún formato para presentar el informe?
- Se debe "construír" un archivo en formato .TXT con 41 columnas separadas por ";" de acuerdo al layout señalado en los Anexos 1 y 2 de la RESOLUCIÓN POR LA QUE SE EXPIDE EL FORMATO OFICIAL PARA EL REPORTE DE OPERACIONES RELEVANTES INUSUALES Y PREOCUPANTES CONTEMPLADO EN LAS DISPOSICIONES DE CARÁCTER GENERAL QUE SE INDICAN (RESOLUCIÓN POR LA QUE SE EXPIDEN LAS DISPOSICIONES DE CARÁCTER GENERAL A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 140 DE LA LEY GENERAL DE INSTITUCIONES Y SOCIEDADES MUTUALISTAS DE SEGUROS y RESOLUCIÓN POR LA QUE SE EXPIDEN LAS DISPOSICIONES DE CARÁCTER GENERAL A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 112 DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 19 de julio de 2012); ASÍ COMO EL INSTRUCTIVO PARA SU LLENADO publicada en el Diario Oficial de la Federación del 14/12/2004 y sus reformas publicadas el 18/05/2005; 25/10/2010; 08/06/2012 y 01/08/2013.
- ¿Cómo se presenta?
- En un archivo en formato .TXT con 41 columnas separadas por ";" de acuerdo al layout señalado en los Anexos 1 y 2 de la RESOLUCIÓN POR LA QUE SE EXPIDE EL FORMATO OFICIAL PARA EL REPORTE DE OPERACIONES RELEVANTES INUSUALES Y PREOCUPANTES CONTEMPLADO EN LAS DISPOSICIONES DE CARÁCTER GENERAL QUE SE INDICAN (RESOLUCIÓN POR LA QUE SE EXPIDEN LAS DISPOSICIONES DE CARÁCTER GENERAL A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 140 DE LA LEY GENERAL DE INSTITUCIONES Y SOCIEDADES MUTUALISTAS DE SEGUROS y RESOLUCIÓN POR LA QUE SE EXPIDEN LAS DISPOSICIONES DE CARÁCTER GENERAL A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 112 DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 19 de julio de 2012); ASÍ COMO EL INSTRUCTIVO PARA SU LLENADO publicada en el Diario Oficial de la Federación del 14/12/2004 y sus reformas publicadas el 18/05/2005; 25/10/2010; 08/06/2012 y 01/08/2013.
- ¿En dónde se presenta?
- A través Sistema de Envío de Información Vía Electrónica SEIVE con el producto OPINU conforme al Anexo 27.1.1-a de la Circular Única de Seguros y Fianzas.
- ¿Cuál es el costo de éste trámite?
- El trámite es gratuito