Más Información
- ¿Quiénes pueden realizar este trámite?
- Este trámite lo pueden realizar las Personas Morales que tengan debidamente acreditada su personalidad jurídica.
- ¿Donde se puede realizar este tramite?
- A traves de el sistema de Planes de Regularización y Programas de Autocorrección SIPREP
- ¿Cuál es el procedimiento para remitir un Programa de Autocorrección?
- Las Instituciones, Sociedades Mutualistas, Sociedades Controladoras de Grupos Financieros a que se refiere la Ley para Regular las Agrupaciones Financieras e Intermediarios de Reaseguro que utilicen el Sistema de Planes de Regularización y Programas de Autocorrección a que se refiere la fracción V de la Disposición 39.1.8., de la Circular Única de Seguros y Fianzas. (CUSF), deberán efectuar, vía remota, a través de Internet, el llenado de la información prevista en el formato establecido en el Anexos 39.5.16-c
- ¿Dónde puedo consultar el “Instructivo de Uso del Sistema de Planes de Regularización y Programas de Autocorrección”, el cual estará disponible en la Página Web de la Comisión?
- En el sistema de planes de regularización y programas de Autocorrección SIPREP
- ¿Hay algún número en el que me puedan atender en caso de tener alguna otra duda acerca del trámite?
- Te puedes comunicar al teléfono (55)5724-7400, en donde te podrán dar más informes acerca de tu trámite.