Más Información 

  • ¿Qué documentos necesito para obtener la autorización del Método para la estimación de la Pérdida Máxima Probable (PML) de los seguros de crédito y de los seguros de caución y cuáles deben ser sus características?
    • Documento impreso que contenga el método para la determinación de la pérdida máxima probable de retención para los seguros de crédito o los seguros de caución, según aplique, y que contenga las especificaciones señaladas en el Anexo 5.6.2 de la CUSF. Dicho documento se deberá entregar de conformidad con lo establecido en el Capítulo 39.6. de la Circular Única de Seguros y Fianzas (CUSF).
  • ¿Este trámite se realiza en línea?  
    • No, se realiza de forma presencial
  •  ¿Dónde puedo realizar este trámite?
    • Acude a la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas (CNSF) en Oficialía de Partes, ubicada en Fernando Villalpando Núm. 18, Col Guadalupe Inn, Alcaldía Álvaro Obregón, C.P. 01020, Ciudad de México de lunes a viernes de las 09:00 a 15:00 horas.
  •  ¿Es necesario llenar algún formato?
    • No.
  • ¿A quién va dirigido este trámite?
    •  A las Instituciones de Seguros autorizadas para operar el seguro de crédito o el seguro de caución.
  • ¿Cuándo se deben presentar los métodos?
    • El plazo de presentación venció el 30 de septiembre de 2016, y sólo podrá ser utilizado, una vez que la Comisión otorgue la autorización, a través del oficio correspondiente.
    • En el caso de instituciones que inicien  operaciones  en los ramos  del seguro de crédito o del seguro de caución, deberán presentarlos a la Comisión, dentro de los 30 días naturales posteriores al inicio de operaciones de dichos seguros.
  • ¿Quién debe elaborar, revisar y firmar el método para la determinación de la pérdida máxima probable?
    •  Un actuario que cuente con la certificación en valuación de reservas técnicas en la operación de daños otorgada por el colegio profesional de la especialidad, o que cuente con la acreditación de conocimientos respectiva ante la Comisión en términos de lo señalado en el Capítulo 31.1. de la CUSF.
  • ¿Existe algún número telefónico o correo electrónico donde pueda resolver dudas o asesorarme?
    •  Si, comunícate con nosotros y con gusto te atenderemos
      • José Luis López Escorcia: Tel. 57247504 Correo: jlescorcia@cnsf.gob.mx