Más Información
- ¿Qué información debe presentar el liquidador convencional como parte del inicio del proceso de liquidación convencional?
- El dictamen que elabore el liquidador respecto de la situación integral de la sociedad, a partir de la información que reciba de los administradores, relativa a los bienes, libros y documentos de la sociedad, para contar con un inventario de sus activos y pasivos.
- El balance inicial de la liquidación, el cual deberá acompañarse por el dictamen de un auditor externo independiente de reconocida experiencia.
- ¿En qué tiempo se debe presentar ante la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas la información sobre el inicio del proceso de liquidación convencional?
- La entrega de la información se hará dentro de los veinte días hábiles posteriores a la designación del liquidador convencional.
- ¿Hay algún número de teléfono en el que me pueden atender en caso de tener alguna otra duda acerca del trámite?
- Comunícate al (55) 57-24-76-42, y con gusto te atenderemos.
- ¿Es necesario llenar algún formato para este trámite?
- No es necesario llenar ningún formato.
- ¿En qué caso el liquidador convencional puede solicitar la ampliación del plazo para la entrega de la información señalada?
- Cuando la complejidad del proceso de liquidación así lo justifique.