Más Información

  • ¿En qué condiciones el Oficial de Cumplimiento sustituye al Comité de Comunicación y Control?
    • El oficial de cumplimiento podrá asumir las funciones del Comité de Comunicación y Control cuando la Aseguradora o Afianzadora cuente con menos de veinticinco personas a su servicio.
  • ¿Cuándo se presenta?
    • Dentro de los quince días hábiles siguientes al cierre del ejercicio que se informa.
  • ¿Existe algún formato para presentar el informe?
    • No, es en formato libre.
  • ¿Cómo se presenta?
    • En escrito libre mediante el cual se informe el nombre y apellidos, sin abreviaturas, del funcionario que se haya designado como Oficial de Cumplimiento y que realiza las funciones que corresponden al Comité de Comunicación y Control, así como su cargo dentro de la Aseguradora o Afianzadora.
  • ¿En dónde se presenta?
    • En la Oficialía de partes de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas (CNSF), sita en Oficialía de Partes de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas (CNSF), ubicada Fernando Villalpando Núm. 18, Col Guadalupe Inn, Alcaldía Álvaro Obregón, C.P. 01020, Ciudad de México de lunes a viernes de las 09:00 a 15:00 horas; conforme al Anexo 27.1.1-d " Forma y Términos para la presentación del reporte en el caso que las funciones y obligaciones que deban corresponder al Comité de Cominicación y Control sean ejercidas por el oficial de cumplimiento"  de la Circular Única de Seguros y Fianzas (CUSF)
  • ¿Cuál es el costo de éste trámite?
    • El trámite es gratuito.