Más Información
- ¿En qué plazo la institución o sociedad mutualista deberá informar a la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas (CNSF), la contratación de la sociedad de auditoría externa que en su caso contrate o hubiere contratado los servicios adicionales en los dos ejercicios inmediatos anteriores?
- Dentro de los diez días hábiles siguientes a la contratación de la sociedad de auditoría externa.
- ¿Por qué debe informar el monto de la remuneración que se pague por los servicios adicionales?
- Porque debe exponer las razones por las cuales ello no afecta la independencia del auditor externo independiente.
- ¿En el caso de que la contratación de servicios adicionales se realice con posterioridad a la fecha de contratación de los servicios de auditoría externa, en qué plazo debe presentar el informe?
- Dentro de los diez días hábiles siguientes a la fecha de la contratación respectiva.
- ¿Hay algún número de teléfono en el que me pueden atender en caso de tener alguna otra duda acerca del trámite?
- Te puedes comunicar al (55) 57-24-76-42 y con gusto te atenderemos.
- ¿Cuál es el costo de este trámite?
- No tiene costo, el trámite es gratuito.