Más Información 

  • ¿Quién puede solicitar este trámite?
    • Las instituciones autorizadas para la práctica de los Seguros de Pensiones derivadas de las Leyes de Seguridad Social.
  • ¿En qué casos debe presentarse este trámite?
    • Cuando las instituciones de seguros autorizadas para operar los seguros de pensiones derivados de las leyes de seguridad social, deban someter a la aprobación de la CNSF el manual que contiene el procedimiento de verificación de la sobrevivencia de pensionados, y sus correcciones.
    • De acuerdo a la disposición 14.5. , Anexo 14.5.4.  de la Circular Única de Seguros y Fianzas
  • ¿Qué efecto tendría no hacer este trámite?
    • Las instituciones de seguros autorizadas para operar los seguros de pensiones derivados de las leyes de seguridad social, carecerían de un procedimiento adecuado para la verificación de la sobrevivencia de los pensionados.
  • ¿Cuál es el costo de este trámite?
    • Es un trámite gratuito
  • ¿Este trámite se puede realizar en línea?
    • No, el trámite se realiza de forma presencial acudiendo a laOficialía de Partes, ubicada en Fernando Villalpando Núm. 18, Col Guadalupe Inn, Alcaldía Álvaro Obregón, C.P. 01020, Ciudad de México de lunes a viernes de las 09:00 a 15:00 horas..