Más Información
- ¿Quiénes pueden realizar este trámite?
- Este trámite lo pueden realizar las Persona Morales que tengan debidamente acreditada su personalidad jurídica.
- ¿Qué debe de contener la solicitud de autorización para efectuar las inversiones en los Consorcios de Seguros y Consorcios de Fianzas a que se refiere la fracción I de la Disposición 8.15.3?
I. Denominación de las Instituciones que promuevan y el nombre de su representante legal;
II. Domicilio para oír y recibir notificaciones y documentos, así como nombre y apellidos completos de las personas autorizadas para tales efectos;
III. Números de teléfono y dirección de correo electrónico, para contactar a las promoventes y a su representante legal;
IV. La petición que se formula en la que se señale el tipo de autorización que se solicita;
V. Descripción enunciativa de los documentos que acompañen a la solicitud, en cumplimiento con lo señalado por la LISF y las presentes Disposiciones de la Circular Única de Seguros y Fianzas (CUSF);
VI. Firma autógrafa del representante legal de las promoventes, y
VII. La documentación que acredite la personalidad y facultades del representante legal de las promoventes.
VIII. Solicitud de las promoventes para invertir en el capital social del Consorcio de Seguros o Consorcio de Fianzas, en términos del artículo 267 de la LISF y del Capítulo 8.15 de la inversión en otras sociedades de la Circular Única de Seguros y Fianzas;
IX. Plan de negocios del Consorcio de Seguros o Consorcio de Fianzas;
X. Proyecto de escritura constitutiva del Consorcio de Seguros o Consorcio de Fianzas, y
XI. Proyecto de convenio de participación para la constitución del Consorcio de Seguros o Consorcio de Fianzas
- ¿Dónde puedo consultar de forma detallada la información y documentación respecto de solicitudes de autorización para invertir en Consorcios de Seguros o de Fianzas?
- La información y documentación, deberá presentarse en original y en archivos en un medio magnético u óptico de almacenamiento de información, en formato PDF e identificados de acuerdo a los numerales e incisos del Anexo 8.15.9. de la Circular Única de Seguros y Fianzas y la ruta
- ¿En dónde puedo realizar el trámite?
- Este trámite lo puedes realizar de lunes a viernes en un horario de 9:00 a 15:00 horas, en Oficialía de Partes de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas (CNSF), ubicada Fernando Villalpando Núm. 18, Col Guadalupe Inn, Alcaldía Álvaro Obregón, C.P. 01020, Ciudad de México.
- ¿Hay algún número en el que me puedan atender en caso de tener alguna otra duda acerca del trámite?
- Te puedes comunicar al teléfono (55)5724-7400, en donde te podrán dar más informes acerca de tu trámite.