Más Información 

  • ¿Qué documentos e información se deben presentar en la solicitud de autorización de emisión?
    • La solicitud de autorización deberá acompañarse de los siguientes documentos e información:
      • Proyecto del acta de emisión y del título o títulos con los que documentará la misma y que deberán: 
      • Cumplir con las características y requisitos de los bonos bancarios, en términos de los artículos 136, fracción I y 160, fracción I de la LISF;
      • Prever lo dispuesto en el artículo 136, fracciones IV y V, así como en el artículo 160, fracciones IV y V de la LISF, según corresponda;
      • Indicar si las obligaciones subordinadas son o no de conversión obligatoria en acciones y el tipo de moneda en que se emitirán, y 
      • En su caso, precisar las cláusulas de hacer y no hacer, en especial las relativas al aceleramiento y vencimiento anticipado, el número de colocaciones que se llevarán a cabo, el nombre del representante común y sus derechos y responsabilidades, así como los términos en que podrá procederse a su remoción y a la designación de uno nuevo;
    • Descripción del programa para el desarrollo de la Institución, que se pretenda financiar con los recursos que se obtengan de la colocación de las obligaciones subordinadas;
    • Señalamiento respecto a si la colocación de las obligaciones subordinadas se llevará a cabo o no mediante oferta pública de valores, y si están inscritos o se inscribirán en el Registro Nacional de Valores los títulos representativos del capital social de la Institución o del grupo financiero al que, en su caso, pertenezca;
    • Estados financieros de la Institución, que reflejen su estado de situación financiera al término del mes anterior a la fecha de la presentación de la solicitud;
    • Proyección de los estados financieros a que se refiere la fracción IV anterior, con y sin los efectos de la emisión de obligaciones subordinadas. Dicha proyección deberá ser congruente con el plazo de la emisión y considerar los limites establecidos en el Capítulo 10.4 de la Circular Única de Seguros y Fianzas;
    • Mecanismos que la Institución prevea implementar para cubrir los riesgos financieros derivados de la emisión, tales como los riesgos cambiario o de inflación;
    • Opinión del comité de auditoría, con el voto favorable de los consejeros independientes, respecto a:
      • La proyección de los estados financieros de la Institución a que se refiere la fracción V de esta Disposición, y
      • El impacto que el esquema de amortización del financiamiento previsto en el acta de emisión, puede tener sobre la situación financiera de la Institución, y
    • Copia certificada por el secretario del consejo de administración del acta en la que se haga constar el acuerdo mediante el cual se aprobó la emisión de las obligaciones subordinadas y sus características.
  • ¿Cuál es el procedimiento para la presentación de la solicitud de autorización de emisión?
    • Su presentación se apegará al procedimiento señalado en los Capítulos 39.1 y 39.6 de la Circular Única de Seguros y Fianzas.
  • ¿Quiénes pueden realizar este trámite?
    • Este trámite lo pueden realizar las Persona Morales que tengan debidamente acreditada su personalidad jurídica.
  • ¿En dónde puedo realizar el trámite?
    • Este trámite lo puedes realizar de lunes a viernes en un horario de 9:00 a 15:00 horas, en Oficialía de Partes de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas (CNSF), ubicada Fernando Villalpando Núm. 18, Col Guadalupe Inn, Alcaldía Álvaro Obregón, C.P. 01020, Ciudad de México.
  • ¿Hay algún número en el que me puedan atender en caso de tener alguna otra duda acerca del trámite?
    • Te puedes comunicar al teléfono (55)5724-7400, en donde te podrán dar más informes acerca de tu trámite.

Te recomendamos consultar la Circular Unica de Seguros y Fianzas