A partir de la fecha de entrada en vigor de la Ley Fintech, las actividades de las Instituciones de Tecnología Financiera (ITFs) que contempla la ley y se describen más adelante, son consideradas actividades reservadas. Y por lo tanto, para su realización se requiere contar con una autorización expresa que emite la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV).
De acuerdo con esta ley
Adicionalmente, la Ley Fintech contempla la figura conocida como:
Las sociedades autorizadas como Modelos Novedosos podrán operar de forma condicionada durante un plazo limitado (máximo: 2 años para empresas, y 1 año para entidades financieras, en ambos casos con posibilidad de una prórroga).
Para conocer más sobre las actividades Fintech supervisadas, te compartimos algunos videos:
Operación con activos virtuales