1) ¿Debo presentar mi Solicitud de Servicio tanto en electrónico como en físico el mismo día?

No, el interesado puede presentar su Solicitud de Servicio entre el 28 de noviembre y al 10 de marzo de 2017. Lo único que debe tomar en cuenta es que antes de hacer la entrega en físico deberá haberla enviado al correo electrónico temporada-abierta2016@cenagas.gob.mx.

2) ¿CENAGAS publicará un listado de las presiones máximas soportadas en cada punto de extracción?

No. En caso de que el interesado requiera una presión de entrega mínima mayor a la presión máxima permisible en ese punto de extracción, se le notificará y proporcionará la presión a la que el CENAGAS puede ofrecerle el servicio de Transporte.

3) ¿Es posible solicitar el servicio de transporte con un punto de inyección diferente a los enlistados para el proceso de Temporada Abierta?

Sí, es posible. Para tal caso se deberá enviar un escrito solicitando la inclusión de un punto de inyección adicional, especificando la siguiente información:

  • Coordenadas del punto de interconexión en el SISTRNAGAS.
  • Características del ducto a interconectarse.
  • Capacidad de inyección del ducto a interconectarse.
  • Presión de entrega.
  • Fecha del inicio de suministro en el sistema.

4) Si no presento mi Solicitud de Servicio en el periodo de recepción de primeras posturas (entre el 28 de noviembre de 2016 y el 10 de marzo de 2017), ¿puedo presentarla en el periodo de recepción de segundas posturas (del 27 de marzo al 7 de abril de 2017)?

No, el interesado sólo podrá participar en el periodo de recepción de segundas posturas si y sólo sí presentó su Solicitud de Servicio en el periodo de recepción de primeras posturas.

5) ¿Puedo designar a un representante para que reserve capacidad a mi nombre?

Sí. Cualquier comercializador u otro tercero puede presentar la Solicitud de Servicio a nombre de cualquier Usuario.

6) ¿Qué información está sujeta a ser solventada en caso de deficiencias?

Se podrá solventar aquella información que no modifique la Solicitud de Servicio (capacidad, trayecto, costo unitario adicional) enviada por correo electrónico. Si el interesado desea modificar la Solicitud de Servicio enviada por correo electrónico deberá ingresar una nueva por correo electrónico.

7) ¿Qué documentación debe presentar el Interesado que es un Usuario Final (o un Distribuidor) que desea participar por cuenta propia en la Temporada Abierta?

El interesado debe presentar:

  • Solicitud de Servicio de Reserva de Capacidad de Transporte de Gas Natural en Base Firme, firmada por su Representante Legal;
  • Garantía de Seriedad otorgada a favor del CENAGAS y con la razón social del Interesado;
  • Poder general para actos de administración o especial con el que se acredite que el Representante Legal cuente con las facultades suficientes y necesarias para actuar en nombre y representación del Usuario Final;
  • Copia certificada del acta constitutiva y, en su caso modificaciones, de la empresa del Usuario Final.
  • Si el Usuario Final cuenta con Derechos Adquiridos:

i) Debe acreditar la capacidad derivada de los mismos, con base en lo siguiente:

a. Si el Usuario Final presentó sus documentos al CENAGAS conforme al Aviso publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el día 4 de agosto de 2016 (el Aviso), únicamente tiene que presentar el acuse de recibo expedido por el CENAGAS.

b. Si el Usuario Final no presentó sus documentos, debe entregar por si o a través de su Representante Legal  toda la documentación que acredite sus Derechos Adquiridos de acuerdo con lo solicitado en el Aviso.

ii) Si los Derechos Adquiridos le fueron cedidos, también tiene que presentar adicionalmente un escrito libre expedido por el Usuario Final que cuenta con la titularidad de los Derechos Adquiridos, declarando unilateralmente ceder total o parcialmente parte o la totalidad de la capacidad derivada de sus Derechos Adquiridos. El escrito deberá contener cuando al menos lo siguiente: i) Nombre o Razón Social , dirección, teléfono, del Usuario Final que desea ceder los Derechos Adquiridos; ii) Nombre, dirección, teléfono, de la persona a quien se le ceden los Derechos Adquiridos; iii) Número de Caseta de Servicio; iv) Capacidad derivada de los Derechos Adquiridos que se pretende ceder; v) Si la cesión es temporal o definitiva y, en su caso, el periodo durante el cual se pretende ceder temporalmente la capacidad; vi) Si la cesión es revocable o irrevocable y, en su caso, los términos y condiciones para que la cesión sea revocada.

8) ¿Qué documentación debe presentar el Interesado que es un Usuario Final que desea participar por medio de un comercializador en la Temporada Abierta y mantener el título de la capacidad contratada?

Por parte del Comercializador:

  • Solicitud de Servicio de Reserva de Capacidad de Transporte de Gas Natural en Base Firme, firmada por su Representante Legal;
  • Garantía de Seriedad otorgada a favor del CENAGAS y con la razón social del Interesado;
  • Poder general para actos de administración o especial otorgado a su Representante Legal, que acredite sus facultades;
  • Copia certificada del acta constitutiva, y en su caso modificaciones.

Por parte del Usuario Final:

  • Poder especial para actos de administración o especial, que acredite al Comercializador y le otorgue facultades necesarias para participar en nombre del Usuario Final;
  • Copia certificada del acta constitutiva, y en su caso modificaciones;
  • Si el Usuario Final cuenta con Derechos Adquiridos:

i) Debe acreditar la capacidad derivada de los mismos, conforme lo siguiente:

a. Si el Usuario Final presentó sus documentos al CENAGAS conforme al Aviso publicado en el DOF el día 4 de agosto de 2016 (el Aviso), únicamente tiene que presentar el acuse de recibo expedido por CENAGAS.

b. Si el Usuario Final no presentó sus documentos, debe entregar toda la documentación que acredite sus Derechos Adquiridos de acuerdo con lo solicitado en el Aviso.

ii) Si los Derechos Adquiridos le fueron cedidos, tiene que presentar adicionalmente un escrito libre expedido por el Usuario Final que cuenta con la titularidad de los Derechos Adquiridos, declarando unilateralmente ceder total o parcialmente la capacidad derivada de sus Derechos Adquiridos. El escrito deberá contener cuando menos lo siguiente: i) Nombre o Razón Social  dirección, teléfono, del Usuario Final que desea ceder los Derechos Adquiridos; ii) Nombre, dirección, teléfono, de la persona a quien se le ceden los Derechos Adquiridos; iii) Número de Caseta de Servicio; iv) Capacidad derivada de los Derechos Adquiridos que se pretende ceder; v) Si la cesión es temporal o definitiva y, en su caso, el periodo durante el cual se pretende ceder temporalmente la capacidad; vi) Si la cesión es revocable o irrevocable y, en su caso, los términos y condiciones para que la cesión sea revocada.

9) ¿Qué documentación debe presentar el Interesado que es un Comercializador que desea participar por cuenta propia en la Temporada Abierta?

  • Solicitud de Servicio de Reserva de Capacidad de Transporte de Gas Natural en Base Firme, firmada por su Representante Legal;
  • Garantía de Seriedad otorgada a favor del CENAGAS y con la razón social del Interesado;
  • Poder general para actos de administración o especial que acredite al Representante Legal;
  • Copia certificada del acta constitutiva y en su caso modificaciones, de la empresa del Comercializador;
  • Si el Comercializador cuenta con Derechos Adquiridos:

i) Debe acreditar la capacidad derivada de los mismos, con base en lo siguiente:

a. Si el Usuario Final presentó sus documentos al CENAGAS conforme al Aviso publicado en el DOF el día 4 de agosto de 2016 (el Aviso), únicamente tiene que presentar el acuse de recibo expedido por CENAGAS.

b. Si el Usuario Final no presentó sus documentos, debe entregar toda la documentación que acredite sus Derechos Adquiridos de acuerdo con lo solicitado en el Aviso.

ii) Si los Derechos Adquiridos le fueron cedidos, también tiene que presentar adicionalmente un escrito libre expedido por el Usuario Final que cuenta con la titularidad de los Derechos Adquiridos, declarando unilateralmente ceder total o parcialmente parte o la totalidad de la capacidad derivada de sus Derechos Adquiridos. El escrito deberá contener cuando al menos lo siguiente: i) Nombre o Razón Social , dirección, teléfono, del Usuario Final que desea ceder los Derechos Adquiridos; ii) Nombre, dirección, teléfono, de la persona a quien se le ceden los Derechos Adquiridos; iii) Número de Caseta de Servicio; iv) Capacidad derivada de los Derechos Adquiridos que se pretende ceder; v) Si la cesión es temporal o definitiva y, en su caso, el periodo durante el cual se pretende ceder temporalmente la capacidad; vi) Si la cesión es revocable o irrevocable y, en su caso, los términos y condiciones para que la cesión sea revocada.

10) ¿Cuáles son los cargos por Capacidad en Base Firme por trayecto que debe utilizar el Interesado como base para la presentación de su Solicitud de Servicio y el cálculo del monto de su Garantía de Seriedad?

Los cargos por Capacidad en Base Firme que debe utilizar el Interesado como base para la presentación de su Solicitud de Servicio y el cálculo del monto de su Garantía de Seriedad son los aprobados por la CRE mediante resolución número RES/382/2016.

11) ¿Existe un texto sugerido para el poder especial para actos de administración?

No. El Poder Especial para Actos de Administración es de contenido libre. Es responsabilidad de los usuarios asegurarse del alcance y vigencia que tenga el poder emitido. El único requisito es que se expida ante fedatario público.

Se recomienda que, con independencia de la representación otorgada, se incluya en el Poder Especial para Actos de Administración que el Usuario Final será el titular de la capacidad que el Comercializador reserve a su nombre como resultado de la Temporada Abierta.

12) ¿La tarifa en la Solicitud de Servicio incluye el Ajuste por Balanceo?

No, la tarifa no incluye el Ajuste por Balanceo. La Solicitud de Servicio únicamente considera las tarifas aprobadas para el SISTRANGAS mediante la resolución RES/382/2016, correspondientes al cargo por capacidad en modalidad Base Firme.

13) ¿La cantidad solicitada (GJ/día) en la Solicitud de Servicio debe considerar el Gas Combustible?

No, la cantidad solicitada únicamente debe considerar la energía que el Interesado planea consumir.

14) ¿Por qué no se incluye el cargo por Gas Combustible en la Solicitud de Servicio?

El cargo por Gas Combustible no se incluye en la Solicitud de Servicio dado que no es un cargo por un monto en dinero.  El usuario debe pagarlo al CENAGAS en especie, es decir, entregar gas adicional al que desea transportar.

15) ¿Quién será el titular del contrato de reserva de capacidad?

En el caso en el que un Usuario Final participe en la Temporada Abierta por medio de un Comercializador, el titular de la capacidad podrá ser el Usuario Final si así lo establece en el poder que otorgue al comercializador. Es decir, el Usuario Final debe asegurarse de retener la titularidad de la capacidad, incluso si el Comercializador es quien lo representa al momento de firmar el contrato.

16) ¿En qué documentos o formatos se establece que el Interesado mantendrá el título de la capacidad reservada?

El Interesado podrá establecer que es el titular de la capacidad en cualquier escrito libre que este emita y autentifique. Se recomienda al Interesado hacerlo en el poder que otorgue al Comercializador para participar a su nombre en la Temporada Abierta, esto con el fin de minimizar la complejidad de establecerlo en un documento adicional.

17) ¿Es necesario que se incluyan todas las opciones de puntos de inyección en la Solicitud de Servicio para que no sea desechada o descartada?

No es necesario. Con que el interesado incluya al menos una opción de punto de inyección es suficiente. Sin embargo, en el caso de que no se asigne capacidad en el punto de inyección solicitado, el CENAGAS asignará el punto en el que tenga capacidad disponible.

18)¿La ruta Golfo-Sur será considerada una ruta comercial factible para la asignación de capacidad en la Temporada Abierta? Y de ser factible, ¿se considerará como una ruta en Base Firme?

La Ruta Golfo-Sur es considerada un swap físico, debido a que actualmente el flujo de gas no sigue dicha trayectoria. Sin embargo, durante el proceso de evaluación y con la finalidad de optimizar la capacidad de transporte en el SISTRANGAS, se podría contemplar dicha ruta, siempre y cuando la configuración de flujos, resultado de las propuestas recibidas, sea factible. En caso de que se asigne la ruta Golfo-Sur en la Temporada Abierta, ésta será considerada una ruta en Base Firme.

19)¿Qué puedo modificar en el periodo de recepción de segundas posturas?

En el periodo de recepción de segundas posturas únicamente es posible modificar el valor del Costo Unitario Adicional (b) propuesto durante la primera etapa. El resto de la postura establecida en la Solicitud de Servicio no puede ser modificada. Es decir, no se puede modificar la cantidad solicitada, los puntos de inyección, los centros de extracción o el orden de prioridad de los trayectos.