El pasado 21 de diciembre de 2023, el Centro Nacional de Control de Energía (CENACE) publicó a través del Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se determinan los días inhábiles de las Unidades Administrativas del CENACE para el año 2024.

Este Acuerdo indica el calendario de los días en los que el CENACE suspenderá labores, los cuales son:

  • Los sábados y domingos del año.

  • 1º de enero.

  • El primer lunes de febrero en conmemoración de la promulgación de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (5 de febrero).

  • El tercer lunes de marzo en conmemoración del natalicio de Benito Juárez (18 de marzo).

  • El 28 y 29 de marzo.

  • El 1o de mayo en conmemoración del Día del Trabajo.

  • El 16 de septiembre en conmemoración de la Independencia de México

  • El tercer lunes de noviembre en conmemoración de la Revolución Mexicana (18 de noviembre).

  • El 25 de diciembre.

Así como, los siguientes periodos vacacionales para el 2024:

  • Del 1 al 5 de abril.

  • Del 22 al 26 de julio

  • El 13 de septiembre.

  • Del 23 y 24 de diciembre, así como del 26 al 31 de diciembre.

Los días antes mencionados, así como los que sean declarados como inhábiles con fecha posterior a la publicación de este Acuerdo, mediante disposición emitida por autoridad competente, se consideran como inhábiles para todos los efectos legales, y por consecuencia, se suspenderán las labores y no correrán los plazos que establecen las disposiciones legales aplicables, a excepción de los procesos sustantivos del organismo los cuales son: Planeación y Operación del Sistema y Administración del Mercado Eléctrico Mayorista.

Asimismo, la suspensión de días hábiles en los periodos vacacionales para el año 2024, mencionados anteriormente, no serán aplicables tratándose de procedimientos y obligaciones contractuales derivados de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.

Por último, este Acuerdo establece que el horario de atención al público para la realización de diligencias o actuaciones en los días hábiles será de las 8:00 a las 17:00 horas de lunes a jueves y los viernes de las 8:00 a las 14:00 horas.

Consulta el acuerdo publicado en el DOF aquí.