APOYO ECONÓMICO PARA PROYECTOS DE PARTICIPACIÓN SOCIAL

La SEDESOL y SEMARNAT podrán otorgar apoyos económicos directos para la participación social, los cuales se definen como aquellos orientados a favorecer la participación de las personas beneficiarias en condiciones de igualdad para el desarrollo personal, familiar y comunitario, implementadas según los Lineamientos que fije la Unidad Responsable del Programa en congruencia con las particularidades de cada proyecto.

Adicionalmente, el apoyo incluye la capacitación para la conformación de la Red Social, la compensación económica y la entrega de materiales de identificación y apoyo a la divulgación para las y los Gestores Voluntarios.

La Red social fomentará la participación social, mediante actividades relacionadas con:

  • Acciones de prevención y remediación contra desastres.
  • Educación para aminorar los daños provocados por desastres.
  • Talleres de planeación y organización participativa con perspectiva de género.
  • Talleres que contemplen temas ambientales.
  • Otros temas en beneficio familiar o comunitario.

 

APOYO ECONÓMICO DIRECTO (JORNALES) A TRAVÉS DE LA INCORPORACIÓN A UN PROYECTO EXISTENTE O MEDIANTE LA PRESENTACIÓN DE UN PROYECTO NUEVO

  • Descripción: Se otorgará un apoyo económico, consistente en jornales equivalentes al 99% de un salario mínimo general diario vigente.

Se podrán otorgar apoyos económicos para la adquisición o arrendamiento de materiales, herramientas, maquinaria o equipo, incluyendo implementos de protección para las personas beneficiarias, así como costos de transporte necesarios para realizar los proyectos autorizados.

  • Características del Apoyo: Recursos entregados a las personas beneficiarias a través de medios electrónicos, en cheque o en efectivo conforme a la siguiente asignación:

Un máximo del monto correspondiente a 2 jornales diarios y 132 jornales por persona beneficiaria durante el ejercicio fiscal.

En el caso de la SCT y de la SEMARNAT, para el otorgamiento de 2 jornales diarios, se requerirá autorización expresa de oficinas centrales. Para el caso de la SEDESOL esta validación se realizará mediante la aprobación del proyecto técnico

Para la adquisición o arrendamiento de materiales de acuerdo al numeral "3.5.3 c)" de las Reglas de Operación, el porcentaje máximo del presupuesto anual del programa destinado a este apoyo será de:

  • SEDESOL 24.7275%
  • SCT 24.7275%
  • SEMARNAT 20.2775%

Para los apoyos económicos entregados por parte de los Proyectos de mejoramiento del entorno físico e infraestructura comunitaria, contemplados en los numerales 3.1.3 y 4.2.1 de las presentes Reglas, la aplicación de recursos no estará sujeta a cubrir criterios de porcentaje para jornales y materiales, número máximo de jornales (con excepción de las obras en donde la ejecutora sean las organizaciones de la sociedad civil), número de jornales por ejercicio fiscal, ni ser un proyecto tipo del numeral "3.5.3 a)." Las personas beneficiarias deberán ser parte de la población objetivo del Programa.

El porcentaje destinado para jornales y materiales, dependiendo del tipo de proyecto, será validado por el Subcomité Técnico de la Subsecretaría de Desarrollo Social y Humano de la SEDESOL, en función del análisis técnico que realice la Unidad de Microrregiones.