Banobras otorgará la prestación de atención médica a sus trabajadores de base y de confianza, jubilados, pensionados y sus beneficiariosa, conforme a lo previsto en la Ley Reglamentaria de la Fracción XIII Bis del Apartado “B”, del Artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en la Ley del Seguro Social, en las Condiciones Generales de Trabajo vigentes de la Institución, el Manual de Remuneraciones para trabajadores de confianza y en el Convenio de Subrogación de Servicios celebrado entre el Banco y el Instituto Mexicano del Seguro Social el 9 de diciembre de 1998.
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Reglamento de Servicios Médicos
Este documento tiene por objeto normar los procedimientos internos que regulan el funcionamiento y aplicación de los servicios médicos que ofrece Banobras a sus empleados.
Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, S.N.C. |
28 de junio de 2016
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