Si bien las mujeres participaron de manera significativa en la contienda revolucionaria de 1910, cuando ésta terminó y se redactó la Constitución de 1917, los constituyentes les negaron sus derechos políticos “argumentando que sus intereses estaban dentro del hogar y la prueba era que no había ningún movimiento que lo solicitara”, señala la investigadora Enriqueta Tuñón Pablos.

No obstante, hubo excepciones. Tal es el caso del general constitucionalista Salvador Alvarado, quien siendo gobernador de Yucatán organizó, en enero de 1916, el Primer Congreso Feminista al que asistieron 617 delegadas, donde destacó la participación de Hermila Galindo —secretaria de Venustiano Carranza—, quien junto a Edelmira Trejo llevaron al Constituyente la demanda del voto para las mujeres. Y no sólo eso, sino que encabezaron a un grupo de mujeres que se manifestó por el derecho al sufragio a las puertas del Teatro Iturbide de Querétaro, donde sesionaba el Congreso. Sin embargo, “los constituyentes fueron tajantes al afirmar que «en las condiciones en que se encuentra la sociedad mexicana no se advierte la necesidad de conceder el voto a las mujeres»”, según cita Tuñón Pablo.

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Es importante señalar que desde antes de 1947 existieron a nivel local ciertos casos que esbozaban ya la inclusión e incorporación de la mujer en el ejercicio de sus derechos político-electorales. Como el acontecido el 6 de abril de 1936 en el Distrito Federal, donde más de 7 mil ciudadanas pudieron hacer su debut político, ejerciendo su derecho a elegir candidatos a gobernadores y a miembros del senado. Asimismo, designaron a numerosas mujeres para ser delegadas distritales.

En 1937 —según refiere Norma Inés Aguilar León—, Lázaro Cárdenas insistió en la necesidad de reformar el artículo 34 Constitucional, para “concederle a la mujer plenitud jurídica en sus derechos políticos y de esta manera (…) «lograr que se repare la grave injusticia que despoja a la mujer mexicana de derechos substanciales, y en cambio, le impone todas las obligaciones de la ciudadanía»”. En ese sentido la iniciativa presentada por Cárdenas siguió su curso legal. En 1938 ya había sido aprobada, faltaba sólo la declaratoria correspondiente y su publicación en el Diario Oficial, no obstante, la iniciativa no pudo concretarse.

Estos antecedentes significaron un invaluable precedente para la reforma constitucional a los artículos 34 y 115 en octubre de 1953, que coadyuvaron a que las mujeres tuvieran los mismos derechos de ciudadanía plena y, por consecuencia, el derecho de votar (sufragio activo) y ser electa (sufragio pasivo), en todas las elecciones populares, pero a nivel federal, lo que afianzó la igualdad de todos los individuos frente a la ley.

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Finalmente, el 3 de julio de 1955, las mujeres acudieron a las urnas por vez primera, dos años después de que se reformó la Constitución y se otorgó a las mujeres el derecho a votar y ser votadas. En dichas elecciones federales salieron electas las primeras diputadas federales. En 1964 se eligieron a dos senadoras, y en 1979 Griselda Álvarez fue electa para gobernar Colima, siendo la primera en ostentar un cargo tan importante.