Que el artículo 39 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2014 establece que los recursos federales asignados para el Fondo Metropolitano se distribuirán entre las zonas metropolitanas conforme a la asignación que se presenta en el Anexo 19 de dicho Decreto, y se deberán aplicar, evaluar y transparentar en términos de las disposiciones jurídicas aplicables;
Que los recursos del Fondo Metropolitano se administrarán en las entidades federativas a través fideicomisos de administración e inversión; y
Que con el objetivo de precisar los criterios y el proceso para la aplicación y erogación de los recursos que se entregarán por conducto del Fondo Metropolitano, así como para el seguimiento, control, rendición de cuentas y transparencia de dichos recursos, he tenido a bien emitir las siguientes Reglas de Operación del Fondo Metropolitano 2014.